¿Ganar caso por defectos ocultos en vivienda en Xelva? Te apoyamos.
Hallar vicios ocultos pronto podría representar la diferencia entre una solución fácil y un arreglo costoso. En Reclamarviciosocultosvivienda.es, contamos con especialistas experimentados en identificar y registrar estos inconvenientes para tu reclamo efectivo. Evita que los problemas ocultos de tu hogar en Xelva te dañen. ¡Llama a nuestros peritos ya!
Reclamar por fallos ocultos en la casa en Xelva
Para enfrentar y demandar por la presencia de vicios ocultos, es fundamental comprender qué implica este término.
Según el Diccionario del español jurídico, basándose en el artículo mil cuatrocientos ochenta y cuatro del Código Civil, se refiere a aquellos defectos no aparentes en la propiedad en Xelva, que la hacen inadecuada para su uso destinado o que reducen tal uso a un grado que, de ser conocidos por el comprador, este no habría efectuado la adquisición o habría pagado menos por ella.
Por ende, la detección de vicios ocultos confirma que la residencia no se halla en las condiciones prometidas por el vendedor, presentando anomalías serias que obstruyen el uso completo y adecuado de la propiedad.
No obstante, la presencia de estos defectos no necesariamente supone que la propiedad sea inservible, pues en tal caso, se estaría en frente de una categoría diferente de daños.
Los vicios ocultos no se limitan a una lista concreta de problemas, mas acostumbran a incluir cuestiones relacionadas con la impermeabilización (como humedades o filtraciones), la estructura (fisuras o grietas), acabados imperfectos, aislamiento térmico o acústico deficiente o inconvenientes con la instalación eléctrica.
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Ejemplos vicios ocultos en viviendas de segunda mano en Xelva
Es complejo enumerar cada uno de ellos de los posibles fallos no aparentes en un hogar en Xelva, mas podemos categorizarlos en cinco áreas principales. Entre los más comunes encontramos:
Problemas de aluminosis:
Aunque su prevalencia ha disminuido, la aluminosis prosigue siendo un fallo latente que puede afectar las propiedades, desgastando el cemento debido a la humedad. Esto puede desencadenar otros inconvenientes estructurales como fisuras o escapes de agua.
Deficiencias en el aislamiento
Un aislamiento deficiente puede ser el resultado de una aplicación incorrecta o el deterioro con el tiempo, resultando en una protección inapropiada contra el tiempo o ruido exterior.
Defectos en los acabados:
Estos incluyen desde incoherencias en el pavimento hasta manchas en la pintura que pueden pasar desapercibidas inicialmente.Errores en la instalación eléctrica:Desde fallos en los enchufes hasta problemas más complejos en el sistema eléctrico pueden estar presentes sin ser detectados a simple vista.
Humedades y filtraciones:
Los daños por agua, ya sea por fallos en las instalaciones o mala impermeabilización, pueden causar arduos problemas estructurales y de habitabilidad.
Procede a reclamar vicios no vistos de tu casa en Xelva
Como reclamar vicios ocultos en compraventa de una vivienda en Xelva
Adquirir una vivienda en Xelva con hipoteca y encontrarse con un defecto no aparente te faculta a presentar una reclamación contra el vendedor. No obstante, es indispensable ser siendo consciente de la importancia de los plazos.
Para inmuebles no nuevos, se dispone de medio año a partir de la entrega para reclamar, al paso que para las residencias a estrenar, el plazo se amplía a dos años.
El trámite de reclamación es bastante directo, aunque pueda resultar engorroso. Los pasos a seguir son:
Evaluar la clase del defecto escondo y si este procede de una falla edificante o de un manejo indebido. Lo óptimo es contar con una valoración de un especialista, como podría ser un arquitecto técnico o un aparejador.
Notificar al vendedor por escrito sobre el defecto hallado y los daños que este implica. Es vital que esta notificación refleje la data de la firma del contrato y el período antes mentado.
La resolución puede ser por pacto, si el vendedor atiende la reclamación y repara el daño, o por disputa, si el vendedor la desestima.
En este último escenario, es aconsejable buscar la intervención del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos para mediar y evitar un proceso judicial. Si aun así no se alcanza un acuerdo, la última instancia sería la judicial.
Requisitos para reclamación de vicios ocultos
Es esencial entender que no todos y cada uno de los problemas que uno puede descubrir en una propiedad recién adquirida califican para una reclamación por vicios ocultos. A fin de que un defecto sea reclamable bajo esta categoría, debe cumplir con determinados criterios:Primero, el problema en cuestión debe ser genuinamente un vicio oculto, lo que significa que no fue detectado por el comprador en el momento de la compra.
Si el comprador estaba al tanto del problema, entonces no se considera un vicio escondo reclamable.Además, la gravedad del defecto es un factor determinante. Solo aquellos de significativa magnitud que, de ser conocidos por el comprador con antelación, habrían impedido la venta o habrían modificado el costo de adquiere, son considerados como vicios ocultos.Es esencial que la imperfección ya existiera antes de que se efectuara la compra y venta.
Si el defecto surgió posteriormente o si no se puede establecer claramente que el inconveniente era preexistente, probablemente la reclamación no prospere.La responsabilidad de probar la existencia del vicio oculto recae en el comprador. Ha de ser capaz de demostrar que el inconveniente ya estaba presente antes de la firma del contrato de compra y venta. Sin esta prueba, el vendedor podría no ser considerado responsable del defecto.
Por lo general, para establecer la existencia y antigüedad del inconveniente, se precisa de un informe técnico profesional que evalúe la severidad del defecto y su presencia antes de la transacción.Es vital recordar que el plazo para presentar una reclamación por vicios ocultos es de seis meses desde la fecha de entrega del bien. Dentro de este semestre, el comprador debe proceder legalmente para pedir la reparación del bien. Pasado este periodo, el derecho a reclamar por defectos ocultos expira.
¿Qué disposición legal trata sobre los vicios ocultos en Xelva?
La normativa aplicable a los defectos no manifiestos en la compra y venta de inmuebles se encuentra desperdigada en diversas disposiciones legales:
Defectos ocultos en viviendas en Xelva en el marco legal
El artículo mil cuatrocientos ochenta y cuatro del Código Civil estipula que, frente a la presencia de daños significativos no evidentes al momento de la compra, el comprador está en su derecho a demandar una reparación conveniente de exactamente los mismos o, en casos determinados, la anulación del pacto de adquiere anteriormente establecido.
Precedentes legales sobre defectos no evidentes
Por otra parte, el establecimiento de la existencia de un defecto no evidente debe apegarse a ciertos criterios fijados por la jurisprudencia. Los tribunales han sentado precedente en que las imperfecciones que merman la calidad y condiciones del inmueble en relación a lo acordado contractualmente, se consideran como defectos no evidentes toda vez que estos ya estuvieran presentes en el momento de realizar el contrato de compraventa en Xelva.
Solicita una consultoría gratuita y de manera rápida te contactará un especialista de nuestro equipo. Puedes manejar todo el proceso desde tu domicilio, mandando la documentación y explicando tu caso a nuestros profesionales. Los defectos ocultos son potenciales riesgos para tu familia y para ti.
En Reclamarviciosocultosvivienda.es, empleamos tecnología de punta y vasta experiencia para identificar cualquier inconveniente en tu casa. No dejes pasar más tiempo. ¡Contáctanos y descansa sabiendo que tu hogar está seguro!
Carga del constructor por defectos ocultos en la vivienda.
De acuerdo con la Ley de Ordenación de la Edificación, el promotor del proyecto tiene la obligación de asumir la responsabilidad por los perjuicios materiales debidos a defectos no evidentes durante:Un decenio por daños materiales ocasionados por fallos o defectos estructurales: esto incluye problemas en la base, aguantes estructurales, vigas, losetas o muros de carga que comprometan la solidez mecánica o la estabilidad del edificio.Tres años en casos de daños materiales producidos por problemas en la construcción o en las instalaciones que repercutan en la adecuada habitabilidad del inmueble, como son los aspectos relacionados con la higiene, hermeticidad, insonorización o aislamiento térmico. Esta es la responsabilidad que recae sobre el constructor frente a defectos no aparentes.El constructor asimismo se encarga de los perjuicios materiales por defectos no visibles:Durante un año en lo que respecta a imperfecciones en los acabados o terminaciones de la construcción.
Irregularidades no manifiestas en viviendas en alquiler en Xelva
Si es propietario de un inmueble en alquiler y su arrendatario le notifica de la existencia de defectos no aparentes tras varios meses de ocupación, exigiendo la terminación del contrato y una compensación económica, puede preguntarse: ¿Tiene fundamentos para esta demanda? Ahora, le explicamos cómo se manejan estas situaciones.
Defectos no aparentes y alquiler
Condición del inmueble. Antes de concretar el alquiler de un local, el potencial inquilino debe efectuar una inspección minuciosa (incluyendo conexiones y servicios, entre otros) del mismo. Nota: En el caso de locales, se espera que los inquilinos, considerados profesionales en su ámbito, ejerciten una diligencia mayor en el examen y supervisión del sitio en comparación con los particulares que arriendan residencias en Xelva para uso propio.Defectos no aparentes. No obstante, si los defectos no visibles (esos que no se advierten de manera fácil y pueden surgir con el uso continuo del local) se hacen presentes, se les da exactamente el mismo tratamiento que a una compra y venta. Nota: El arrendatario tiene un período de 6 meses para identificarlos y obrar en consecuencia, ya sea para pedir su reparación al cargo del arrendador, o para proceder con la rescisión del contrato y la devolución de los importes abonados. Veamos cómo proceder.
¿Cuál es su responsabilidad?
Condiciones. A fin de que se active esta responsabilidad, se deben cumplir múltiples requisitos:Invisible. Un daño o deterioro de las instalaciones, elementos estructurales, etc., que no era considerable o fácilmente detectable.Preexistencia. Es decir, que el defecto ya estuviera presente ya antes de firmar el contrato, aunque se manifieste más tarde.Inutilizabilidad. Que el defecto impida el uso total o parcial del local para el fin acordado. ¡Esencial! No cualquier daño o fisura es suficiente. Además de esto, las reparaciones menores necesarias para adaptar el local a la actividad específica corren por cuenta del inquilino.Notificación a tiempo. El arrendatario debe informar sobre la existencia del defecto en los primeros seis meses (desde la firma del contrato) para obligar al dueño a contestar. ¡Esencial! Si se supera este tiempo, la reclamación por defectos no aparentes pierde valía y debe resolverse de otro modo.Defectos conocidos. Si usted como arrendador era consciente de ciertos desperfectos al instante de alquilar en Xelva, tiene la obligación de informar al nuevo inquilino para que estos no se consideren defectos no aparentes. Nota: Es frecuente que, aprovechando la necesidad del inquilino de acomodar el local, se incluyan los desperfectos en el contrato de alquiler en Xelva y se acuerde que la reparación será responsabilidad del inquilino a cambio de ciertas concesiones, como un periodo sin pago de alquiler, por servirnos de un ejemplo.
¿Qué puede exigir el arrendatario?
Resolución. Si se cumplen las condiciones citadas, el inquilino puede optar por la rescisión del contrato. En tal caso, como arrendador, tendría la obligación de rembolsar todas y cada una de las cantidades abonadas desde la aparición del defecto o vicio, incluyendo la fianza, los gastos de formalización del contrato y los daños a sus posesiones. ¡Atención! Usted es responsable por los defectos no aparentes aun si no tenía conocimiento de ellos. Sin embargo:Su inquilino solo podrá exigir una compensación si logra probar que estaba al tanto de los defectos y actuó con mala fe al esconderlos. Por esta razón, si los conoce, lo más prudente es señalarlos de antemano y convenir su arreglo.Además, el inquilino debe comprobar los daños sufridos para poder establecer la cantidad de la compensación solicitada.
¿Qué margen de tiempo hay para reclamar por defectos no evidentes en una vivienda en Xelva?
De pacto con lo precripto en el artículo mil cuatrocientos ochenta y cuatro del Código Civil, el periodo estipulado para presentar reclamaciones por defectos no evidentes en inmuebles de segunda mano es de 6 meses. Este intervalo de tiempo se empieza desde la data en que se realiza la entrega de la propiedad. Para inmuebles en Xelva de reciente edificación, el marco temporal para presentar semejantes reclamaciones puede extenderse hasta un par de años.
Se avecina una denuncia sobre mí por vicios ocultos en una propiedad, ¿qué pasos debo seguir?
Para que puedas ser objeto de una demanda, se deben cumplir tres condiciones esenciales. Antes que te encares a un proceso legal dentro de los plazos estipulados, verifica que la demanda sea admisible.No se cataloga como defecto oculto aquel que el comprador, debido a su especialización o actividad profesional (como carpintero, electricista, fontanero, etc.), tenía la capacidad de identificar.El defecto debe ser preexistente a la operación de compraventa, si bien se manifieste más adelante.El defecto oculto debe ser significativo. Se considera que lo es si afecta de manera negativa la funcionalidad del inmueble o si reduce su valor de forma notable, tanto que, si se hubiera tenido conocimiento de ello, no se habría efectuado la compra o se habría acordado un costo menor.Además, antes de que la situación escale a una denuncia, existen maneras de prevenirla:Fomenta la cooperación con la otra parte: puedes encargar un dictamen a un experto, ya sea un arquitecto o un ingeniero. Asimismo, es conveniente tener un diálogo con el comprador a fin de que te detalle los inconvenientes y daños que ha percibido, estableciendo un margen temporal para su resolución. Posiblemente tenga razonamientos válidos y que se pueda llegar a un acuerdo sin necesidad de acudir a la justicia.La mediación: el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos de tu localidad puede actuar como intercesor entre ambos, eludiendo así el proceso.En en el caso de que el enfrentamiento se judicialice: es fundamental que defiendas tu postura. Si estás seguro de tu posición, presenta evidencias que prueben que el defecto no estaba presente antes de vender tu propiedad o que los daños son menores a los que aduce la otra parte. Ten presente los 3 criterios que definen un defecto oculto y utilízalos a favor tuyo.
¿Tengo derecho a demandar por defectos ocultos en una casa adquirida de un particular?
El asunto de los defectos no evidentes es particularmente intrigante en el contexto de las compras de segunda mano realizadas entre particulares, ya que la normativa aplicable difiere de la que se usa para las compras de productos nuevos o usados mediante comerciantes o empresarios profesionales.Cuando se efectúa una transacción de recursos entre individuos, no se actúa en calidad de consumidores, sino como ciudadanos comunes. Esto supone una distinción sustancial en el tratamiento de los defectos no evidentes, ya que no se aplica lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2007 relativo a las garantías (como la garantía legal del fabricante de un par de años, o la del vendedor profesional de segunda mano de un año).En semejantes escenarios, se recurre a la regulación general del Código Civil sobre la compraventa, y en particular a lo que se refiere como “saneamiento por defectos no evidentes o redhibitorios”, tema que desarrollamos en el artículo.3El Código Civil aborda estas situaciones sin establecer un marco de protección especializado, planteando tres alternativas de acción para el comprador, cada una con sus requisitos y efectos legales diferenciados:
A.- RETORNO:
Acción redhibitoria. Dictaminada por el artículo 1486 del Código Civil, esta figura jurídica le otorga al comprador la capacitad de cancelar el contrato, devolver el objeto adquirido y pedir el reembolso de los gastos realizados a lo largo de la transacción. Además, si se demuestra que el vendedor estaba al corriente de los defectos no perceptibles ya antes de precisar la entrega, el comprador va a poder reclamar una compensación por cualquier daño o perjuicio resultante.
B.- DESCUENTO EN EL PRECIO:
Acción de minoración del costo o «quanti minoris». Regulada asimismo en el artículo mil cuatrocientos ochenta y seis del Código Civil, esta acción busca la reducción del costo del bien adquirido. El monto de la reducción se determinará tras una valoración pericial de los daños, y la cantidad lograda se deducirá del total pagado por el bien.
C.- CORRECCIÓN:
Acción de saneamiento. Estipulada en el artículo mil cuatrocientos ochenta y cuatro del Código Civil, habilita al comprador a exigir que el vendedor realice los ajustes precisos en el bien para asegurar su funcionalidad con arreglo al propósito de su adquisición.Es esencial señalar dos aspectos cruciales:Este conjunto de medidas se aplica exclusivamente en acuerdos efectuados entre individuos particulares y queda excluido en las transacciones que implican a usuarios y profesionales, quienes cuentan con su estatuto legal.El tiempo disponible para comenzar una reclamación por defectos no aparentes es bastante limitado, especificándose un periodo de caducidad de 6 meses desde la fecha de entrega del bien.Si el plazo de seis meses expira sin que se haya recurrido a la vía judicial, aún queda la posibilidad de presentar una demanda basada en aspectos generales del contrato de compraventa, y no particularmente por la presencia de defectos no manifiestos. Por ejemplo, es posible ejercer la acción de desistimiento del contrato por incumplimiento de las obligaciones por una de las partes, conforme el artículo mil ciento veinticuatro del Código Civil, o la acción de anulabilidad del contrato si el consentimiento del comprador se vio perjudicado por fallo o engaño.