vicios ocultos vivienda

¿Triunfar en pleito por defectos ocultos en vivienda en Massanassa? Te brindamos ayuda.

Detectar a tiempo los vicios ocultos puede ser clave entre una reparación menor y una mayor. En Reclamarviciosocultosvivienda.es, somos expertos con larga trayectoria en hallar y documentar estos fallos para tu reclamación en Massanassa adecuada. No dejes que defectos invisibles en tu vivienda te afecten. ¡Conecta con nuestros peritos experimentados hoy!

Denunciar defectos ocultos en vivienda en Massanassa

El marco legal, específicamente el Artículo mil cuatrocientos ochenta y cuatro del Código Civil, decreta la responsabilidad del vendedor de solucionar cualquier defecto no evidente que comprometa la funcionalidad de la vivienda o que deprecie su valor de tal manera que, de haber sido conocidos por el comprador, este no habría procedido con la compra o habría negociado un coste menor.

Se entiende por vicios ocultos aquellos fallos edificantes no perceptibles a primer aspecto, como defectos en la estructura, infiltraciones de agua o inconvenientes en las instalaciones eléctricas.


Si tras la compra de una residencia usada en Massanassa se descubren estos vicios, se evidencia que la propiedad no cumple con las condiciones anteriormente declaradas por el vendedor, presentando fallos significativos que impiden el disfrute íntegro del hogar.


Si el comprador hubiera estado al tanto de estos, posiblemente habría reconsiderado la adquisición.

Reclamación vivienda con vicios ocultos en Massanassa

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Ejemplos vicios ocultos viviendas de segunda mano en Massanassa

La diversidad de fallos no perceptibles en un inmueble es extensa, mas normalmente se agrupan en las próximas categorías:

Relacionados con el agua:

Los inconvenientes de humedad, filtraciones y goteras son comunes y acostumbran a originarse por una mala impermeabilización o tuberías dañadas. Estos deben atenderse de inmediato debido a su tendencia a empeorar de forma rápida.

Cuestiones de cimentación:

Las grietas y grietas pueden manifestarse con el tiempo debido a malas prácticas constructivas o intervenciones en propiedades adyacentes, y en ocasiones, son resultado de una mala cimentación original.

Acabados imperfectos:

Los acabados imperfectos en suelos, paredes y otros interiores pueden deberse a la mala calidad o incorrecta instalación de los materiales.

Insuficiencia térmica o acústica:

Un mal aislamiento puede provocar incomodidades por ruido o temperatura, de manera frecuente causados por el uso incorrecto o inadecuado de materiales aislantes.

Disfunción del sistema eléctrico:

Problemas en interruptores, iluminación o enchufes pueden ser resultado de una instalación antigua o defectuosa, si bien acostumbran a ser los más fáciles de corregir.

Procede a reclamar vicios no vistos de tu casa en Massanassa

Procedimiento para reclamar vicios ocultos en compraventa en Massanassa

Adquirir una residencia en Massanassa con hipoteca y toparse con un defecto no aparente te capacita a presentar una reclamación contra el vendedor. Sin embargo, es indispensable ser siendo consciente de la relevancia de los plazos.

Para inmuebles no nuevos, se dispone de medio año desde la entrega para demandar, mientras que para las viviendas a estrenar, el plazo se amplía a dos años.


El trámite de reclamación es bastante directo, aunque pueda resultar complicado. Los pasos a proseguir son:


Evaluar la índole del defecto oculto y si este procede de una falla edificante o de un manejo incorrecto. Lo inmejorable es contar con una valoración de un experto, como podría ser un arquitecto o un aparejador.


Notificar al vendedor por escrito sobre el defecto hallado y los daños que este implica. Es vital que esta notificación refleje la fecha de la firma del contrato y el período antes mentado.


La resolución puede ser por acuerdo, si el vendedor atiende la reclamación y repara el daño, o por disputa, si el vendedor la desecha.


En este último escenario, es aconsejable buscar la intervención del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos para mediar y evitar un proceso. Si aun así no se alcanza un acuerdo, la última instancia sería la judicial.

Requisitos vicios ocultos vivienda

Es importante entender que no todos los problemas que uno puede descubrir en una propiedad recién adquirida califican para una reclamación por vicios ocultos. A fin de que un defecto sea reclamable bajo esta categoría, debe cumplir con ciertos criterios: Primero, el problema en cuestión ha de ser genuinamente un vicio oculto, lo que significa que no fue detectado por el comprador en el momento de la adquisición.

Si el comprador estaba al tanto del problema, entonces no se considera un vicio oculto reclamable.
Además, la gravedad del defecto es un factor determinante. Solo aquellos de significativa magnitud que, de ser conocidos por el comprador con cierta antelación, habrían impedido la venta o habrían cambiado el precio de compra, son considerados como vicios ocultos. Es esencial que la imperfección ya existiese antes de que se efectuara la compraventa.

Si el defecto surgió más tarde o si no se puede establecer meridianamente que el problema era preexistente, es probable que la reclamación no prospere.
La responsabilidad de probar la existencia del vicio oculto recae en el comprador. Debe ser capaz de probar que el problema ya estaba presente antes de la firma del contrato de compra y venta. Sin esta prueba, el vendedor podría no ser considerado responsable del defecto.

Por lo general, para establecer la existencia y antigüedad del inconveniente, se requiere de un informe técnico profesional que valore la severidad del defecto y su presencia ya antes de la transacción.
Es crucial rememorar que el plazo para presentar una reclamación por vicios ocultos es de seis meses desde la fecha de entrega del bien. En este semestre, el comprador debe proceder legalmente para pedir la reparación del bien. Pasado este periodo, el derecho a demandar por defectos ocultos expira.

¿Qué normativa se encarga de los vicios ocultos en Massanassa

La normativa aplicable a los defectos no manifiestos en la compraventa de inmuebles se halla dispersa en diferentes disposiciones legales:

Defectos ocultos en residencias en Massanassa en el marco legal

El artículo 1484 del Código Civil establece que, ante la presencia de daños significativos no evidentes al instante de la adquisición, el comprador está en su derecho a exigir una reparación adecuada de los mismos o, en casos ciertos, la anulación del acuerdo de compra previamente establecido.

Precedentes legales sobre defectos no evidentes

Por otra parte, el establecimiento de la existencia de un defecto no evidente debe apegarse a ciertos criterios fijados por la jurisprudencia. Los tribunales han sentado precedente en que los desperfectos que menguan la calidad y condiciones del inmueble en relación a lo acordado contractualmente, se consideran como defectos no evidentes siempre que estos ya estuviesen presentes en el instante de efectuar el contrato de compra y venta en Massanassa.
Solicita una consultoría gratuita y un miembro de nuestro equipo contactará contigo prontamente. Recuerda que puedes efectuar todas y cada una de las gestiones desde casa, mandando documentos y especificando tu situación a nuestros especialistas. Los vicios ocultos son más que defectos, son peligros para ti y los tuyos.

En Reclamarviciosocultosvivienda.es, empleamos tecnología avanzada y nuestra experiencia para encontrar cualquier fallo en tu hogar. No esperes a que sea tarde. ¡Llámanos y asegúrate de que tu hogar esté libre de problemas!

Compromiso del constructor en relación con vicios ocultos en la vivienda.

En la ejecución de una obra de construcción intervienen múltiples actores, tanto individuos como entidades. Por lo tanto, para esclarecer la responsabilidad de cada uno de ellos en caso de daños en la estructura, es preciso examinar su rol dentro del proyecto. En este artículo nos enfocamos específicamente en las obligaciones del constructor ante daños en la edificación. La promulgación de la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE), fechada el cinco de noviembre de 1999 y publicada en el BOE al día siguiente, define el marco de responsabilidad civil de todos y cada uno de los agentes implicados en la construcción por defectos o vicios en la misma. Dicha ley se complementa con una serie de seguros obligatorios que cubren daños materiales o fianzas, con el fin de asegurar la compensación por los perjuicios causados en la estructura.

Imperfecciones ocultas en viviendas para alquilar en Massanassa

Si es propietario de un inmueble en alquiler y su arrendatario le informa de la existencia de defectos no aparentes tras varios meses de ocupación, exigiendo la terminación del contrato y una compensación económica, puede preguntarse: ¿Tiene fundamentos para esta demanda? Ahora, le explicamos cómo se manejan estas situaciones.

Defectos no aparentes y alquiler

Condición del inmueble. Antes de especificar el alquiler de un local, el potencial arrendatario debe efectuar una inspección minuciosa (incluyendo conexiones y servicios, entre otros muchos) del mismo. Nota: En el caso de locales, se espera que los arrendatarios, considerados profesionales en su ámbito, ejerzan una diligencia mayor en el examen y supervisión del lugar en comparación con los particulares que arriendan viviendas en Massanassa para uso propio. Defectos no aparentes. No obstante, si los defectos no visibles (esos que no se detectan de forma fácil y pueden surgir con el uso progresivo del local) se hacen presentes, se les da el mismo tratamiento que a una compraventa. Nota: El arrendatario tiene un periodo de seis meses para identificarlos y actuar en consecuencia, ya sea para pedir su reparación a cargo del arrendador, o para proceder con la rescisión del contrato y la devolución de los importes abonados. Veamos de qué manera proceder.

¿Cuál es su responsabilidad?

Condiciones. Para que se active esta responsabilidad, se deben cumplir múltiples requisitos: Invisible. Un daño o deterioro de las instalaciones, elementos estructurales, etc., que no era considerable o de forma fácil detectable. Preexistencia. O sea, que el defecto ya estuviera presente ya antes de firmar el contrato, si bien se manifieste después. Inutilizabilidad. Que el defecto impida el uso total o parcial del local para el fin acordado. ¡Esencial! No cualquier daño o grieta es suficiente. Además de esto, las reparaciones menores necesarias para adaptar el local a la actividad específica corren por cuenta del arrendatario. Notificación a tiempo. El arrendatario debe informar sobre la existencia del defecto dentro de los primeros seis meses (desde la firma del contrato) para obligar al propietario a responder. ¡Esencial! Si se supera este tiempo, la reclamación por defectos no aparentes pierde validez y debe resolverse de otra manera. Defectos conocidos. Si usted como arrendador era siendo consciente de determinados desperfectos al instante de arrendar en Massanassa, tiene la obligación de informar al nuevo inquilino a fin de que estos no se consideren defectos no aparentes. Nota: Es común que, aprovechando la necesidad del inquilino de acomodar el local, se incluyan los desperfectos en el contrato de alquiler en Massanassa y se acuerde que la reparación va a ser responsabilidad del inquilino a cambio de determinadas concesiones, como un periodo sin pago de alquiler, por ejemplo.

¿Qué puede demandar el inquilino?

Resolución. Si se cumplen las condiciones citadas, el inquilino puede optar por la rescisión del contrato. En tal caso, como arrendador, estaría obligado a reembolsar todas y cada una de las cantidades abonadas desde la aparición del defecto o vicio, incluyendo la fianza, los gastos de formalización del contrato y los daños a sus posesiones. ¡Atención! Usted es responsable por los defectos no aparentes aun si no tenía conocimiento de ellos. Sin embargo: Su inquilino solo podrá exigir una compensación si logra demostrar que estaba al tanto de los defectos y actuó con mala fe al esconderlos. Por tal razón, si los conoce, lo más prudente es señalarlos por adelantado y acordar su arreglo. Además, el inquilino debe comprobar los daños sufridos para poder establecer la cantidad de la compensación solicitada.

¿Qué período se dispone para denunciar defectos ocultos en una vivienda en Massanassa?

La jurisprudencia ha confirmado consistentemente que las acciones derivadas de defectos de la propiedad, conforme a lo definido en los artículos mil cuatrocientos ochenta y cuatro y siguientes del Código Civil, deben iniciarse en un plazo breve, concretado en seis meses según el artículo mil cuatrocientos noventa del mismo cuerpo legal. Artículo mil cuatrocientos noventa del Código Civil: “Las acciones producidas por las estipulaciones de los cinco artículos precedentes prescribirán a los seis meses, desde la entrega del bien vendido.” Este plazo se comprende como de caducidad y no de prescripción, tal como lo establecen las Sentencias del Tribunal Supremo del 10 de marzo de 1994, entre otras. Dado que es un plazo de caducidad, los tribunales deben reconocerlo sin precisar que sea alegado por las partes. Es relevante considerar que, en lo concerniente a la caducidad, el “dies a quo” es la data de entrega del bien vendido, tal como lo establece la ley, y dicho término no se ve interrumpido. En el contexto de una transacción comercial, el tiempo para ejercer la acción por defectos no aparentes es incluso menor, siendo de treinta días tras la entrega según lo dicta el Código de Comercio. El artículo trescientos veinticinco del Código de Comercio establece que será de carácter mercantil la adquisición de casas en Massanassa con el objetivo de revenderlos, ya sea en su forma original o modificada, buscando un beneficio en la reventa. El artículo trescientos cuarenta y dos del Código de Comercio declara: “El comprador que no realice ninguna reclamación basada en defectos internos del bien adquirido en los treinta días posteriores a su entrega, perderá toda acción y derecho a reclamar al vendedor por dicha causa.”

Estoy en riesgo de ser denunciado por defectos ocultos en una vivienda, ¿qué medidas debo tomar?

Para que puedas ser objeto de una demanda, se deben cumplir tres condiciones esenciales. Antes de que te encares a un proceso legal en los plazos estipulados, verifica que la demanda sea admisible. No se cataloga como defecto escondo aquel que el comprador, debido a su especialización o actividad profesional (como carpintero, electricista, fontanero, etc.), tenía la capacidad de identificar. El defecto ha de ser preexistente a la operación de compraventa, si bien se manifieste más adelante. El defecto oculto debe ser significativo. Se estima que lo es si afecta negativamente la funcionalidad del inmueble o si disminuye su valor de forma notable, tanto que, si se hubiese tenido conocimiento de ello, no se habría efectuado la compra o se habría acordado un coste menor. Además, antes de que la situación escale a una demanda, existen maneras de prevenirla: Fomenta la cooperación con la otra parte: puedes encargar un dictamen a un experto, ya sea un arquitecto técnico o un ingeniero. Asimismo, es recomendable tener un diálogo con el comprador para que te detalle los inconvenientes y daños que ha percibido, estableciendo un margen temporal para su resolución. Posiblemente tenga razonamientos válidos y que se pueda llegar a un acuerdo sin precisar acudir a la justicia. La mediación: el Instituto Oficial de Aparejadores y Arquitectos de tu localidad puede actuar como intermediario entre ambos, eludiendo así el proceso. En caso de que el enfrentamiento se judicialice: es fundamental que defiendas tu postura. Si estás seguro de tu situación, presenta patentizas que demuestren que el defecto no estaba presente ya antes de vender tu propiedad o que los daños son menores a los que aduce la otra parte. Ten presente los 3 criterios que definen un defecto oculto y utilízalos a tu favor.

¿Es posible reclamar vicios ocultos en una vivienda comprada entre particulares?

Como se ha indicado anteriormente, la regulación de las transacciones entre particulares recae bajo el Código Civil. Para proceder con una demanda por defectos no evidentes en semejantes circunstancias, hay que seguir una serie de pasos esenciales. Te explicamos de qué forma proceder para demandar por defectos no evidentes, ya sea en una propiedad inmobiliaria o en un vehículo cuando la venta se ha efectuado entre particulares.

#1 Detección del defecto no evidente:

Es crucial identificar y documentar con precisión el defecto no evidente. Esto podría ser desde un problema estructural en una propiedad hasta un fallo mecánico en un vehículo. Es esencial probar que el defecto preexistía a la compra, por lo que será preciso recopilar pruebas como facturas, fotografías y otros documentos relevantes.

#2 Verificación de los plazos legales:

Resulta imperativo estar al corriente de los plazos legales vigentes para comenzar cualquier procedimiento legal. Es vital rememorar que, en el caso de la compra de artículos de segunda mano entre particulares, se dispone de un periodo de seis meses desde la adquisición para efectuar la reclamación.

#3 Comunicación con el vendedor:

Es necesario informar al vendedor de forma fehaciente sobre el descubrimiento del defecto no evidente y la intención de activar la acción pertinente. Se aconseja que esta comunicación se realice por un procedimiento que asegure perseverancia de la recepción, como podría ser a través de correo certificado.

#4 Análisis de soluciones:

En esta fase, se deben ponderar las soluciones posibles para solucionar la situación, en función de la acción legal que se pretenda ejercitar. La resolución puede cambiar desde la corrección de los defectos por parte del vendedor hasta la terminación del contrato. Existen tres vías legales a considerar: La acción redhibitoria o de resolución: busca la anulación del contrato y la restitución del importe pagado. La acción quanti minoris: busca una disminución en el precio de compra debido al defecto no evidente. La acción de saneamiento: requiere que el vendedor corrija los defectos identificados.

#5 Busca conforme o mediación:

Se sugiere intentar primero una negociación amistosa con el vendedor para solucionar el conflicto. Si no se llega a un acuerdo, la mediación se plantea como una opción alternativa más rápida y menos costosa que el pleito judicial.

#6 Acción legal:

De no llegar a un arreglo a través de la negociación o la mediación, queda la vía de comenzar una acción legal, presentando una demanda ante la instancia judicial adecuada y recurriendo a la acción más conveniente: redhibitoria o de resolución, quanti minoris o de saneamiento.

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