vicios ocultos vivienda

¿Salir exitoso en litigio por vicios ocultos en una vivienda en Manuel? Te guiamos.

Hallar vicios ocultos pronto podría representar la diferencia entre una solución simple y un arreglo caro. En Reclamarviciosocultosvivienda.es, contamos con especialistas experimentados en identificar y registrar estos inconvenientes para tu reclamo efectivo. Evita que los problemas ocultos de tu hogar en Manuel te perjudiquen. ¡Llama a nuestros peritos ya!

Reclamación por vicios no visibles en vivienda en Manuel

El marco legal, específicamente el Artículo 1484 del Código Civil, dictamina la responsabilidad del vendedor de remediar cualquier defecto no evidente que comprometa la funcionalidad de la vivienda o que deprecie su valor de tal modo que, de ser conocidos por el comprador, este no habría procedido con la compra o habría negociado un precio menor.

Se entiende por vicios ocultos aquellos fallos edificantes no perceptibles a primera vista, como defectos en la estructura, infiltraciones de agua o problemas en las instalaciones eléctricas.


Si tras la adquisición de una residencia usada en Manuel se descubren estos vicios, se patentiza que la propiedad no cumple con las condiciones previamente declaradas por el vendedor, presentando fallos significativos que impiden el disfrute íntegro del hogar.


Si el comprador hubiese estado al tanto de estos, probablemente habría replanteado la adquisición.

Denunciar vivienda en mal estado en Manuel

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Ejemplos vicios ocultos en viviendas de segunda mano en Manuel

Aunque no hay un catálogo oficial de fallos no evidentes en viviendas de segunda mano, se han identificado 5 tipos esenciales que se deben tener en cuenta:

Daños por agua:

Estos pueden incluir desde filtraciones hasta tuberías en mal estado, afectando directamente la estructura y habitabilidad del inmueble.

Defectos en la estructura base:

Fisuras o fisuras pueden surgir por una fundación deficiente o el desgaste natural, lo que puede llevar a inconvenientes adicionales como filtraciones.

Imperfecciones en los acabados:

Estas se pueden esconder fácilmente y pueden incluir desde pintura hasta defectos en los suelos o mobiliario.

Aislamiento inadecuado:

Problemas derivados de una mala instalación o desgaste de materiales de aislamiento pueden afectar el confort en la residencia.

Anomalías en la instalación eléctrica:

Errores en la instalación o fallos en los puntos de energía pueden ser bastante difíciles de identificar y si bien su solución puede ser sencilla, representan una molestia notable. Estos fallos subyacentes son prueba de que la residencia adquirida en Manuel no cumple con lo prometido por el vendedor.

Emprende acciones por vicios ocultos en vivienda en Manuel

Procedimiento reclamar vicios ocultos en compraventa en Manuel

Cuando adquieres un inmueble en Manuel y descubres algún desperfecto, tienes la opción de interponer una acción legal por defectos no evidentes.

Es crucial recordar que dispones de 6 meses tras la recepción de la propiedad para presentar tu queja. En el caso de propiedades recién construidas, este periodo se extiende hasta un par de años para formalizar la reclamación.


Para proceder con una queja por defectos no perceptibles, el proceso es directo pero debe continuar determinados pasos. Aquí te explicamos de qué manera proceder:


Primero, es esencial determinar si el problema es resultado de un fallo edificante o se debe a un mal uso por la parte del adquirente. Por esto, es recomendable obtener un diagnóstico de un experto que pueda identificar la causa del inconveniente en la residencia en Manuel.


Tras contrastar que el inconveniente corresponde a un defecto no visible, se debe informar al vendedor del daño detectado mediante una comunicación escrita en el plazo mencionado.


Existen dos posibles desenlaces: que el vendedor reconozca la reclamación y remedie el fallo, o que la rechace y sea necesario asistir a la mediación del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos. Si aún con un nuevo dictamen el vendedor se niega a actuar, procederá llevar el caso frente a la justicia.

Requisitos para poder reclamar los vicios ocultos en una vivienda

Es importante entender que no todos los problemas que uno puede descubrir en una propiedad recién adquirida califican para una reclamación por vicios ocultos. Para que un defecto sea reclamable bajo esta categoría, debe cumplir con determinados criterios: Primero, el problema en cuestión ha de ser genuinamente un vicio oculto, lo que significa que no fue detectado por el comprador en el instante de la adquisición.

Si el comprador estaba al tanto del inconveniente, entonces no se considera un vicio escondo reclamable.
Además, la gravedad del defecto es un factor determinante. Solo aquellos de significativa magnitud que, de ser conocidos por el comprador con antelación, habrían impedido la venta o habrían modificado el coste de adquiere, son considerados como vicios ocultos. Es fundamental que la imperfección ya existiese antes que se efectuara la compra-venta.

Si el defecto brotó posteriormente o si no se puede establecer claramente que el inconveniente era preexistente, probablemente la reclamación no prospere.
La responsabilidad de probar la existencia del vicio escondo recae en el comprador. Debe ser capaz de demostrar que el problema ya estaba presente antes de la firma del contrato de compra y venta. Sin esta prueba, el vendedor podría no ser considerado responsable del defecto.

Por lo general, para establecer la existencia y antigüedad del inconveniente, se precisa de un informe técnico profesional que valore la severidad del defecto y su presencia antes de la transacción.
Es crucial recordar que el plazo para presentar una reclamación por vicios ocultos es de seis meses desde la fecha de entrega del bien. Dentro de este semestre, el comprador debe proceder legalmente para pedir la reparación del bien. Transcurrido este periodo, el derecho a demandar por defectos ocultos expira.

¿En qué ley se especifican las regulaciones de los vicios ocultos en Manuel?

La normativa aplicable a los defectos no manifiestos en la compra y venta de inmuebles se halla dispersa en distintas disposiciones legales:

Defectos ocultos en viviendas en Manuel en el marco legal

El artículo mil cuatrocientos ochenta y cuatro del Código Civil establece que, ante la presencia de daños significativos no evidentes al momento de la compra, el comprador está en su derecho a demandar una reparación adecuada de exactamente los mismos o, en casos ciertos, la cancelación del pacto de adquiere previamente establecido.

Precedentes legales sobre defectos no evidentes

Por otra parte, el establecimiento de la existencia de un defecto no evidente debe apegarse a ciertos criterios fijados por la jurisprudencia. Los tribunales han sentado precedente en que los desperfectos que menguan la calidad y condiciones del inmueble en relación a lo acordado contractualmente, se consideran como defectos no evidentes siempre que estos ya estuviesen presentes en el instante de realizar el contrato de compra y venta en Manuel.
Solicita una consultoría gratuita y velozmente te contactará un especialista de nuestro equipo. Puedes manejar todo el proceso desde tu domicilio, mandando la documentación y explicando tu caso a nuestros profesionales. Los defectos ocultos son potenciales riesgos para tu familia y para ti.

En Reclamarviciosocultosvivienda.es, empleamos tecnología de punta y vasta experiencia para identificar cualquier inconveniente en tu casa. No dejes pasar más tiempo. ¡Contáctanos y descansa sabiendo que tu hogar está seguro!

Compromiso del constructor en relación con vicios ocultos en la vivienda.

De acuerdo con la Ley de Ordenación de la Edificación, el promotor del proyecto tiene la obligación de asumir la responsabilidad por los perjuicios materiales debidos a defectos no evidentes durante: Un decenio por daños materiales causados por fallos o defectos estructurales: esto incluye inconvenientes en la base, soportes estructurales, vigas, losas o muros de carga que comprometan la solidez mecánica o la estabilidad del edificio. Tres años en casos de daños materiales originados por problemas en la construcción o en las instalaciones que repercutan en la conveniente habitabilidad del inmueble, como son los aspectos relacionados con la higiene, hermeticidad, insonorización o aislamiento térmico. Esta es la responsabilidad que recae en el constructor en frente de defectos no aparentes. El constructor asimismo se hace cargo de los perjuicios materiales por defectos no visibles: Durante un año en lo relativo a imperfecciones en los acabados o terminaciones de la construcción.

Problemas no visibles en propiedades alquiladas en Manuel

Si usted es dueño de un inmueble en alquiler y su inquilino le informa de la existencia de defectos no aparentes tras múltiples meses de ocupación, exigiendo la terminación del contrato y una compensación económica, puede preguntarse: ¿Tiene fundamentos para esta demanda? Ahora, le explicamos de qué manera se manejan estas situaciones.

Defectos no aparentes y alquiler

Condición del inmueble. Ya antes de especificar el alquiler de un local, el potencial arrendatario debe efectuar una inspección minuciosa (incluyendo conexiones y servicios, entre otros) del mismo. Nota: En el caso de locales, se espera que los inquilinos, considerados profesionales en su campo, ejerzan una diligencia mayor en el examen y supervisión del sitio en comparación con los particulares que alquilan viviendas en Manuel para uso propio. Defectos no aparentes. No obstante, si los defectos no visibles (esos que no se detectan de manera fácil y pueden surgir con el uso progresivo del local) se hacen presentes, se les da el mismo tratamiento que a una compra y venta. Nota: El inquilino tiene un período de 6 meses para identificarlos y obrar en consecuencia, ya sea para pedir su reparación al cargo del arrendador, o para proceder con la rescisión del contrato y la devolución de los importes abonados. Veamos de qué forma proceder.

¿Cuál es su responsabilidad?

Condiciones. Para que se active esta responsabilidad, se deben cumplir varios requisitos: Invisible. Un daño o deterioro de las instalaciones, elementos estructurales, etc., que no era apreciable o de forma fácil detectable. Preexistencia. Esto es, que el defecto ya estuviese presente ya antes de firmar el contrato, aunque se manifieste después. Inutilizabilidad. Que el defecto impida el uso total o parcial del local para el fin acordado. ¡Esencial! No cualquier daño o grieta es suficiente. Además, las reparaciones menores necesarias para amoldar el local a la actividad concreta corren por cuenta del inquilino. Notificación a tiempo. El inquilino debe informar sobre la existencia del defecto dentro de los primeros 6 meses (desde la firma del contrato) para obligar al propietario a contestar. ¡Esencial! Si se supera este tiempo, la reclamación por defectos no aparentes pierde validez y debe resolverse de otra forma. Defectos conocidos. Si usted como arrendador era siendo consciente de algunos desperfectos al instante de arrendar en Manuel, tiene la obligación de informar al nuevo inquilino a fin de que estos no se consideren defectos no aparentes. Nota: Es habitual que, aprovechando la necesidad del inquilino de adecuar el local, se incluyan las imperfecciones en el contrato de arrendamiento en Manuel y se acuerde que la reparación va a ser responsabilidad del inquilino a cambio de ciertas concesiones, como un periodo sin pago de alquiler, por poner un ejemplo.

¿Qué puede exigir el inquilino?

Resolución. Si se cumplen las condiciones mentadas, el inquilino puede decantarse por la rescisión del contrato. En tal caso, como arrendador, usted estaría obligado a reembolsar todas las cantidades abonadas desde la aparición del defecto o vicio, incluyendo la fianza, los gastos de formalización del contrato y los daños a sus pertenencias. ¡Atención! Usted es responsable por los defectos no aparentes incluso si no tenía conocimiento de ellos. Sin embargo: Su inquilino solo podrá demandar una compensación si logra probar que usted estaba al tanto de los defectos y actuó con mala fe al ocultarlos. Por esta razón, si los conoce, lo más prudente es señalarlos por adelantado y convenir su arreglo. Además, el inquilino debe revisar los daños sufridos para poder establecer la cantidad de la compensación pedida.

¿Dentro de qué tiempo se puede reclamar por vicios ocultos en una casa en Manuel?

Tienes un lapso de 6 meses contados desde la entrega del vehículo para requerir al vendedor la rectificación de cualquier defecto no manifiesto. Y surge la duda: ¿qué ocurre si quien me vende el vehículo ignora estos fallos o deterioros?; El Código Civil establece con claridad: “el vendedor tiene la obligación de asegurar al comprador la ausencia de defectos o fallos ocultos en el bien vendido, si bien no tuviese conocimiento de ellos”. Esta regla prevalece a menos que se haya acordado expresamente lo contrario. En las ventas realizadas entre individuos no se aplica la legislación sobre garantías que sí se demanda en transacciones realizadas en Manuel a través de distribuidores, por ejemplo. Es crucial distinguir entre la garantía y la obligación de reparar los defectos no manifiestos. El plazo de 6 meses que se menciona se refiere a inconvenientes preexistentes en el vehículo al instante de su entrega y no guarda relación con una garantía posventa.

Van a iniciar acciones legales contra mí por vicios ocultos en una casa, ¿qué debería hacer?

Para que puedas ser objeto de una demanda, se deben cumplir 3 condiciones esenciales. Antes de que te enfrentes a un proceso legal en los plazos estipulados, comprueba que la demanda sea aceptable. No se cataloga como defecto escondo aquel que el comprador, debido a su especialización o actividad profesional (como carpintero, electricista, fontanero, etc.), tenía la capacidad de identificar. El defecto debe ser preexistente a la operación de compra-venta, aunque se manifieste más adelante. El defecto escondo debe ser significativo. Se estima que lo es si afecta de forma negativa la funcionalidad del inmueble o si reduce su valor de forma considerable, tanto que, si se hubiera tenido conocimiento de ello, no se habría efectuado la compra o se habría acordado un precio menor. Además, antes de que la situación escale a una denuncia, existen maneras de prevenirla: Fomenta la colaboración con la otra parte: puedes encargar un dictamen a un especialista, ya sea un arquitecto técnico o un ingeniero. Asimismo, es conveniente tener un diálogo con el comprador para que te detalle los inconvenientes y daños que ha percibido, estableciendo un margen temporal para su resolución. Es posible que tenga argumentos válidos y que se pueda llegar a un acuerdo sin necesidad de asistir a la justicia. La mediación: el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos de tu localidad puede actuar como intermediario entre ambos, eludiendo así el proceso judicial. En caso de que el enfrentamiento se judicialice: es esencial que defiendas tu postura. Si estás seguro de tu posición, presenta patentizas que demuestren que el defecto no estaba presente ya antes de vender tu propiedad o que los daños son menores a los que aduce la otra parte. Ten presente los 3 criterios que definen un defecto oculto y utilízalos a tu favor.

¿Está permitido reclamar por problemas ocultos en una vivienda comprada a un particular?

Como se ha indicado previamente, la regulación de las transacciones entre particulares recae bajo el Código Civil. Para proceder con una denuncia por defectos no evidentes en tales circunstancias, hay que proseguir una serie de pasos esenciales. Te explicamos de qué forma proceder para reclamar por defectos no evidentes, ya sea en una propiedad inmobiliaria o en un automóvil cuando la venta se ha realizado entre particulares.

#1 Detección del defecto no evidente:

Es crucial identificar y documentar con precisión el defecto no evidente. Esto podría ser desde un problema estructural en una propiedad hasta un fallo mecánico en un automóvil. Es esencial demostrar que el defecto preexistía a la adquisición, por lo que será necesario recopilar pruebas como facturas, fotografías y otros documentos relevantes.

#2 Verificación de los plazos legales:

Resulta imperativo estar al tanto de los plazos legales actuales para iniciar cualquier procedimiento legal. Es vital rememorar que, en el caso de la compra de artículos de segunda mano entre particulares, se dispone de un periodo de 6 meses desde la adquisición para efectuar la reclamación.

#3 Comunicación con el vendedor:

Es preciso informar al vendedor de forma fehaciente sobre el hallazgo del defecto no evidente y la pretensión de activar la acción pertinente. Se aconseja que esta comunicación se realice por un procedimiento que asegure constancia de la recepción, como podría ser mediante correo certificado.

#4 Análisis de soluciones:

En esta fase, se deben ponderar las soluciones posibles para remediar la situación, en función de la acción legal que se pretenda ejercitar. La resolución puede variar desde la corrección de los defectos por parte del vendedor hasta la terminación del contrato. Existen tres vías legales a considerar: La acción redhibitoria o de resolución: busca la anulación del contrato y la restitución del importe pagado. La acción quanti minoris: busca una minoración en el precio de adquiere debido al defecto no evidente. La acción de saneamiento: requiere que el vendedor corrija los defectos identificados.

#5 Búsqueda de acuerdo o mediación:

Se sugiere procurar primero una negociación amistosa con el vendedor para solucionar el conflicto. Si no se alcanza un acuerdo, la mediación se plantea como una alternativa más veloz y menos costosa que el litigio judicial.

#6 Acción legal:

De no llegar a un arreglo mediante la negociación o la mediación, queda la vía de empezar una acción legal, presentando una demanda ante la instancia judicial conveniente y recurriendo a la acción más conveniente: redhibitoria o de resolución, quanti minoris o de saneamiento.

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