vicios ocultos vivienda

¿Ganar demanda por problemas ocultos en vivienda en Cortes de Pallars? Te ayudamos.

Descubrir vicios ocultos a tiempo puede mudar entre una reparación simple y una costosa. En Reclamarviciosocultosvivienda.es, tenemos especialistas con vasta experiencia en advertir y documentar estos problemas, ayudándote a hacer tu reclamación justa en Cortes de Pallars. No permitas que defectos no vistos en tu casa impacten tu vida. ¡Contacta a nuestros especialistas ahora!

Exigir reparación de defectos ocultos en vivienda en Cortes de Pallars

La normativa vigente, contenida en el artículo 1484 del Código Civil, establece que si una propiedad en Cortes de Pallars tiene defectos no aparentes en el instante de la venta, el vendedor tiene la obligación de corregir esos problemas.

Estos defectos, conocidos como vicios ocultos, pueden ser tan graves que afectan el uso habitual del inmueble o reducen su valor de forma notable, otorgando al comprador el derecho a demandar una reparación o aun la anulación del contrato de compra.


Estos problemas pueden ser intrínsecos a la edificación, como podrían ser problemas de humedad no visible, fallos en el sistema eléctrico o daños estructurales no evidentes.


La presencia de estos vicios ocultos puede entorpecer la plena disfrute de la propiedad y, en determinada medida, descubrir que las condiciones pactadas y admitidas por el comprador no concuerdan con la realidad ofrecida por el vendedor.

Reclamación vivienda con vicios ocultos en Cortes de Pallars

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Ejemplos vicios ocultos viviendas de segunda mano en Cortes de Pallars

Aunque no hay un catálogo oficial de fallos no evidentes en viviendas de segunda mano, se han identificado 5 tipos esenciales que se deben tener en cuenta:

Daños por agua:

Estos pueden incluir desde filtraciones hasta tuberías en mal estado, afectando de manera directa la estructura y habitabilidad del inmueble.

Defectos en la estructura base:

Fisuras o grietas pueden surgir por una fundación deficiente o el desgaste natural, lo que puede llevar a inconvenientes adicionales como filtraciones.

Imperfecciones en los acabados:

Estas se pueden esconder fácilmente y pueden incluir desde pintura hasta defectos en los suelos o moblaje.

Aislamiento inadecuado:

Problemas derivados de una mala instalación o desgaste de materiales de aislamiento pueden afectar el confort dentro de la vivienda.

Anomalías en la instalación eléctrica:

Errores en la instalación o fallos en los puntos de energía pueden ser difíciles de identificar y si bien su solución puede ser sencilla, representan una molestia notable. Estos fallos subyacentes son prueba de que la residencia adquirida en Cortes de Pallars no cumple con lo prometido por el vendedor.

Empieza la reclamación por defectos ocultos en casa en Cortes de Pallars

Procedimiento reclamar vicios ocultos compraventa de vivienda en Cortes de Pallars

Adquirir una vivienda en Cortes de Pallars con hipoteca y toparse con un defecto no aparente te capacita a presentar una reclamación contra el vendedor. No obstante, es imprescindible ser consciente de la relevancia de los plazos.

Para inmuebles no nuevos, se dispone de medio año a partir de la entrega para reclamar, al tiempo que para las viviendas a estrenar, el plazo se amplía a un par de años.


El trámite de reclamación es bastante directo, si bien pueda resultar engorroso. Los pasos a seguir son:


Evaluar la índole del defecto escondo y si este procede de una falla constructiva o de un manejo incorrecto. Lo inmejorable es contar con una valoración de un experto, como podría ser un arquitecto o un aparejador.


Notificar al vendedor por escrito sobre el defecto hallado y los daños que este implica. Es vital que esta notificación refleje la data de la firma del contrato y el período ya antes mencionado.


La resolución puede ser por acuerdo, si el vendedor atiende la reclamación y repara el daño, o por disputa, si el vendedor la desestima.


En este último escenario, es recomendable buscar la intervención del Instituto Oficial de Aparejadores y Arquitectos para mediar y evitar un proceso. Si aun así no se alcanza un acuerdo, la última instancia sería la judicial.

Requisitos para poder reclamar los vicios ocultos en una vivienda

Es importante entender que no todos los problemas que uno puede descubrir en una propiedad recién adquirida califican para una reclamación por vicios ocultos. A fin de que un defecto sea reclamable bajo esta categoría, debe cumplir con ciertos criterios: Primero, el problema en cuestión ha de ser auténticamente un vicio oculto, lo que significa que no fue detectado por el comprador en el momento de la compra.

Si el comprador estaba al tanto del inconveniente, entonces no se considera un vicio oculto reclamable.
Además, la gravedad del defecto es un factor determinante. Solo aquellos de significativa magnitud que, de ser conocidos por el comprador con cierta antelación, habrían impedido la venta o habrían modificado el coste de adquiere, son considerados como vicios ocultos. Es fundamental que la imperfección ya existiese antes que se efectuara la compra-venta.

Si el defecto surgió posteriormente o si no se puede establecer claramente que el inconveniente era preexistente, probablemente la reclamación no prospere.
La responsabilidad de probar la existencia del vicio escondo recae en el comprador. Ha de ser capaz de demostrar que el inconveniente ya estaba presente antes de la firma del contrato de compraventa. Sin esta prueba, el vendedor podría no ser considerado responsable del defecto.

Por lo general, para establecer la existencia y antigüedad del problema, se precisa de un informe técnico profesional que valore la severidad del defecto y su presencia ya antes de la transacción.
Es vital recordar que el plazo para presentar una reclamación por vicios ocultos es de 6 meses desde la fecha de entrega del bien. En este semestre, el comprador debe proceder legalmente para pedir la reparación del bien. Transcurrido este periodo, el derecho a reclamar por defectos ocultos expira.

¿Bajo qué ley se regulan los vicios ocultos en Cortes de Pallars?

La normativa aplicable a los defectos no manifiestos en la compraventa de inmuebles se encuentra desperdigada en distintas disposiciones legales:

Defectos ocultos en residencias en Cortes de Pallars en el marco legal

El artículo mil cuatrocientos ochenta y cuatro del Código Civil estipula que, ante la presencia de daños significativos no evidentes al momento de la compra, el comprador está en su derecho a demandar una reparación conveniente de los mismos o, en casos ciertos, la anulación del pacto de compra previamente establecido.

Precedentes legales sobre defectos no evidentes

Por otra parte, el establecimiento de la existencia de un defecto no evidente debe apegarse a determinados criterios fijados por la jurisprudencia. Los tribunales han sentado precedente en que las imperfecciones que merman la calidad y condiciones del inmueble con relación a lo acordado contractualmente, se consideran como defectos no evidentes siempre que estos ya estuvieran presentes en el instante de realizar el contrato de compra y venta en Cortes de Pallars.
Pide una consulta gratuita y un experto de nuestro equipo te contactará cuanto antes. Puedes llevar a cabo todas y cada una de las gestiones necesarias desde tu casa, mandando la documentación pertinente y explicando tu caso a nuestros especialistas. Los vicios ocultos no son solo defectos, sino más bien riesgos para ti y los tuyos.

En Reclamarviciosocultosvivienda.es, utilizamos tecnología de vanguardia y experiencia consolidada para detectar problemas en tu hogar. No esperes a que sea tarde. ¡Contáctanos y ten la seguridad de que tu hogar está sin sorpresas desapacibles!

Deber del constructor respecto a vicios ocultos en la vivienda.

De acuerdo con la Ley de Ordenación de la Edificación, el promotor del proyecto tiene la obligación de aceptar la responsabilidad por los perjuicios materiales debidos a defectos no evidentes durante: Un decenio por daños materiales causados por fallos o defectos estructurales: esto incluye problemas en la base, soportes estructurales, vigas, losas o muros de carga que comprometan la firmeza mecánica o la estabilidad del edificio. Tres años en casos de daños materiales producidos por inconvenientes en la construcción o en las instalaciones que repercutan en la conveniente habitabilidad del inmueble, como son los aspectos relacionados con la higiene, hermeticidad, insonorización o aislamiento térmico. Esta es la responsabilidad que recae en el constructor frente a defectos no aparentes. El constructor asimismo se hace cargo de los perjuicios materiales por defectos no visibles: Durante un año en lo relativo a imperfecciones en los acabados o terminaciones de la construcción.

Imperfecciones ocultas en viviendas para alquilar en Cortes de Pallars

Si es propietario de un inmueble en alquiler y su inquilino le notifica de la existencia de defectos no aparentes tras varios meses de ocupación, demandando la terminación del contrato y una compensación económica, puede preguntarse: ¿Tiene fundamentos para esta demanda? A continuación, le explicamos cómo se manejan estas situaciones.

Defectos no aparentes y alquiler

Condición del inmueble. Ya antes de precisar el alquiler de un local, el potencial inquilino debe realizar una inspección meticulosa (incluyendo conexiones y servicios, entre otros muchos) del mismo. Nota: En el caso de locales comerciales, se espera que los arrendatarios, considerados profesionales en su campo, ejerciten una diligencia mayor en el examen y supervisión del sitio en comparación con los particulares que arriendan viviendas en Cortes de Pallars para uso propio. Defectos no aparentes. Sin embargo, si los defectos no perceptibles (esos que no se detectan sencillamente y pueden surgir con el uso continuo del local) se hacen presentes, se les da exactamente el mismo tratamiento que a una compra y venta. Nota: El inquilino tiene un período de 6 meses para identificarlos y actuar en consecuencia, ya sea para solicitar su reparación a cargo del arrendador, o para proceder con la rescisión del contrato y la devolución de los importes abonados. Veamos cómo proceder.

¿Cuál es su responsabilidad?

Condiciones. Para que se active esta responsabilidad, se deben cumplir múltiples requisitos: Invisible. Un daño o deterioro de las instalaciones, elementos estructurales, etc., que no era apreciable o sencillamente detectable. Preexistencia. Esto es, que el defecto ya estuviera presente antes de firmar el contrato, si bien se manifieste más tarde. Inutilizabilidad. Que el defecto impida el uso total o parcial del local para el fin acordado. ¡Importante! No cualquier daño o fisura es suficiente. Además de esto, las reparaciones menores precisas para amoldar el local a la actividad específica corren por cuenta del arrendatario. Notificación a tiempo. El arrendatario debe informar sobre la existencia del defecto dentro de los primeros 6 meses (desde la firma del contrato) para obligar al propietario a responder. ¡Esencial! Si se supera este tiempo, la reclamación por defectos no aparentes pierde validez y debe resolverse de otra manera. Defectos conocidos. Si como arrendador era consciente de determinados desperfectos al momento de arrendar en Cortes de Pallars, tiene la obligación de informar al nuevo inquilino a fin de que estos no se consideren defectos no aparentes. Nota: Es común que, aprovechando la necesidad del inquilino de adecuar el local, se incluyan las imperfecciones en el contrato de alquiler en Cortes de Pallars y se acuerde que la reparación va a ser responsabilidad del inquilino a cambio de ciertas concesiones, como un periodo sin pago de alquiler, por poner un ejemplo.

¿Qué puede demandar el arrendatario?

Resolución. Si se cumplen las condiciones mencionadas, el inquilino puede optar por la rescisión del contrato. En tal caso, como arrendador, estaría obligado a reembolsar todas las cantidades abonadas desde la aparición del defecto o vicio, incluyendo la fianza, los gastos de formalización del contrato y los daños a sus pertenencias. ¡Atención! Usted es responsable por los defectos no aparentes incluso si no tenía conocimiento de ellos. Sin embargo: Su inquilino solo va a poder demandar una compensación si logra probar que usted estaba al tanto de los defectos y actuó con mala fe al ocultarlos. Por tal razón, si los conoce, lo más prudente es señalarlos de antemano y convenir su arreglo. Además, el inquilino debe comprobar los daños sufridos para poder establecer la cantidad de la compensación solicitada.

¿Cuál es el intervalo permitido para alegar defectos ocultos en una casa en Cortes de Pallars?

Tienes un lapso de 6 meses contados desde la entrega del automóvil para requerir al vendedor la rectificación de cualquier defecto no manifiesto. Y surge la duda: ¿qué sucede si quien me vende el vehículo ignora estos fallos o deterioros?; El Código Civil establece con claridad: “el vendedor está obligado a garantizar al comprador la ausencia de defectos o fallos ocultos en el bien vendido, si bien no tuviera conocimiento de ellos”. Esta regla predomina salvo que se haya acordado expresamente lo contrario. En las ventas efectuadas entre individuos no se aplica la legislación sobre garantías que sí se demanda en transacciones realizadas en Cortes de Pallars por medio de distribuidores, por ejemplo. Es vital diferenciar entre la garantía y la obligación de arreglar los defectos no manifiestos. El plazo de seis meses que se mienta se refiere a problemas preexistentes en el vehículo al momento de su entrega y no ten relación con una garantía postventa.

Estoy bajo amenaza de demanda por problemas ocultos en una vivienda, ¿qué se recomienda hacer?

Para que puedas ser objeto de una demanda, se deben cumplir 3 condiciones esenciales. Antes que te encares a un proceso legal en los plazos estipulados, verifica que la demanda sea admisible. No se cataloga como defecto oculto aquel que el comprador, debido a su especialización o actividad profesional (como carpintero, electricista, fontanero, etc.), tenía la capacidad de identificar. El defecto debe ser preexistente a la operación de compra-venta, si bien se manifieste más adelante. El defecto oculto debe ser significativo. Se considera que lo es si afecta de forma negativa la funcionalidad del inmueble o si disminuye su valor de forma considerable, tanto que, si se hubiese tenido conocimiento de ello, no se habría efectuado la adquisición o se habría acordado un costo menor. Además, antes de que la situación escale a una denuncia, existen maneras de prevenirla: Fomenta la colaboración con la otra parte: puedes encargar un dictamen a un experto, ya sea un arquitecto o un ingeniero. Asimismo, es conveniente tener un diálogo con el comprador para que te detalle los inconvenientes y daños que ha percibido, estableciendo un margen temporal para su resolución. Es posible que tenga argumentos válidos y que se pueda llegar a un acuerdo sin necesidad de acudir a la justicia. La mediación: el Instituto Oficial de Aparejadores y Arquitectos de tu localidad puede actuar como intermediario entre ambos, eludiendo así el proceso. En caso de que el conflicto se judicialice: es fundamental que defiendas tu postura. Si estás seguro de tu posición, presenta evidencias que prueben que el defecto no estaba presente ya antes de vender tu propiedad o que los daños son menores a los que alega la otra parte. Ten presente los 3 criterios que definen un defecto escondo y empléalos a favor tuyo.

¿Se pueden reclamar defectos no visibles en una vivienda comprada entre individuos?

Como se ha indicado previamente, la regulación de las transacciones entre particulares recae bajo el Código Civil. Para proceder con una demanda por defectos no evidentes en tales circunstancias, hay que seguir una serie de pasos esenciales. Te explicamos de qué forma proceder para reclamar por defectos no evidentes, ya sea en una propiedad inmobiliaria o en un vehículo cuando la venta se ha efectuado entre particulares.

#1 Detección del defecto no evidente:

Es crucial identificar y documentar con precisión el defecto no evidente. Esto podría ser desde un problema estructural en una propiedad hasta un fallo mecánico en un vehículo. Es esencial demostrar que el defecto preexistía a la adquisición, por lo que va a ser preciso recopilar pruebas como facturas, fotografías y otros documentos relevantes.

#2 Verificación de los plazos legales:

Resulta imperativo estar al tanto de los plazos legales vigentes para empezar cualquier procedimiento legal. Es crucial rememorar que, en el caso de la adquisición de artículos de segunda mano entre particulares, se dispone de un periodo de seis meses desde la adquisición para efectuar la reclamación.

#3 Comunicación con el vendedor:

Es preciso informar al vendedor de forma fehaciente sobre el descubrimiento del defecto no evidente y la intención de activar la acción pertinente. Se recomienda que esta comunicación se realice por un método que asegure constancia de la recepción, como podría ser mediante correo certificado.

#4 Análisis de soluciones:

En esta fase, se deben ponderar las soluciones posibles para solucionar la situación, en función de la acción legal que se pretenda ejercitar. La resolución puede cambiar desde la corrección de los defectos por la parte del vendedor hasta la terminación del contrato. Existen 3 vías legales a considerar: La acción redhibitoria o de resolución: busca la cancelación del contrato y la restitución del importe pagado. La acción quanti minoris: busca una disminución en el coste de adquiere debido al defecto no evidente. La acción de saneamiento: requiere que el vendedor corrija los defectos identificados.

#5 Búsqueda conforme o mediación:

Se sugiere procurar primero una negociación amistosa con el vendedor para solventar el enfrentamiento. Si no se alcanza un acuerdo, la mediación se plantea como una opción alternativa más veloz y menos costosa que el pleito judicial.

#6 Acción legal:

De no llegar a un arreglo mediante la negociación o la mediación, queda la vía de comenzar una acción legal, presentando una demanda ante la instancia judicial conveniente y recurriendo a la acción más conveniente: redhibitoria o de resolución, quanti minoris o de saneamiento.

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