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Demandar por vicios no evidentes en hogar en Cerdà

El marco legal, específicamente el Artículo mil cuatrocientos ochenta y cuatro del Código Civil, decreta la responsabilidad del vendedor de solucionar cualquier defecto no evidente que comprometa la funcionalidad de la residencia o que deprecie su valor de tal forma que, de haber sido conocidos por el comprador, este no habría procedido con la adquisición o habría negociado un costo menor.

Se entiende por vicios ocultos aquellos fallos constructivos no perceptibles a primer aspecto, como defectos en la estructura, infiltraciones de agua o problemas en las instalaciones eléctricas.


Si tras la adquisición de una vivienda utilizada en Cerdà se descubren estos vicios, se evidencia que la propiedad no cumple con las condiciones previamente declaradas por el vendedor, presentando fallos significativos que impiden el disfrute íntegro del hogar.


Si el comprador hubiera estado al tanto de estos, probablemente habría replanteado la adquisición.

Denunciar vivienda en mal estado en Cerdà

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Ejemplos vicios ocultos en viviendas de segunda mano en Cerdà

Aunque no hay un catálogo oficial de fallos no evidentes en residencias de segunda mano, se han identificado cinco tipos esenciales que se deben tener en cuenta:

Daños por agua:

Estos pueden incluir desde filtraciones hasta tuberías en mal estado, afectando directamente la estructura y habitabilidad del inmueble.

Defectos en la estructura base:

Fisuras o fisuras pueden surgir por una fundación deficiente o el desgaste natural, lo que puede llevar a problemas auxiliares como filtraciones.

Imperfecciones en los acabados:

Estas se pueden esconder de forma fácil y pueden incluir desde pintura hasta defectos en los suelos o mobiliario.

Aislamiento inadecuado:

Problemas derivados de una mala instalación o desgaste de materiales de aislamiento pueden afectar el confort en la residencia.

Anomalías en la instalación eléctrica:

Errores en la instalación o fallos en los puntos de energía pueden ser difíciles de identificar y si bien su solución puede ser fácil, representan una molestia notable. Estos fallos subyacentes son prueba de que la vivienda adquirida en Cerdà no cumple con lo prometido por el vendedor.

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Procedimiento para reclamar vicios ocultos en compraventa en Cerdà

El factor tiempo es crítico para la reclamación de defectos no manifiestos en una residencia en Cerdà. En el caso de inmuebles anteriormente habitados, el plazo para actuar es de seis meses desde la entrega, y de hasta un par de años para propiedades nuevas. El procedimiento recomendado es:

Determinar la naturaleza del daño y si este se debe a un problema de construcción o a una utilización incorrecta por la parte del comprador. Esto requiere el informe de un técnico especializado.


Comunicar al vendedor por escrito el defecto detectado y los perjuicios que este causa, señalando la data del pacto y el plazo para su solución.


Si el vendedor acepta y resuelve el problema, el proceso concluye de manera sencilla. En caso contrario, se sugiere la mediación del Instituto Oficial de Aparejadores y Arquitectos para tratar de resolver el asunto sin llegar a instancias judiciales.


Si no se alcanza una solución por las vías precedentes, se procederá a la acción legal, siendo esencial contar con de pruebas que confirmen la presencia del defecto ya antes de la adquisición.


En situaciones donde los defectos broten tras el periodo estipulado para demandar, se podría recurrir a la cobertura de un seguro de responsabilidad civil, el que, en dependencia del género de defecto, podría cubrir la reparación en diferentes porcentajes y plazos.

Requisitos para poder reclamar los vicios ocultos en una vivienda

Es importante comprender que no todos los problemas que uno puede descubrir en una propiedad recién adquirida califican para una reclamación por vicios ocultos. Para que un defecto sea reclamable bajo esta categoría, debe cumplir con determinados criterios: Primero, el problema en cuestión ha de ser auténticamente un vicio escondo, lo que significa que no fue detectado por el comprador en el instante de la compra.

Si el comprador estaba al tanto del inconveniente, entonces no se considera un vicio oculto reclamable.
Además, la gravedad del defecto es un factor determinante. Solo aquellos de significativa magnitud que, de ser conocidos por el comprador con cierta antelación, habrían impedido la venta o habrían modificado el coste de compra, son considerados como vicios ocultos. Es fundamental que el desperfecto ya existiese antes de que se efectuara la compraventa.

Si el defecto surgió posteriormente o si no se puede establecer claramente que el problema era preexistente, es probable que la reclamación no prospere.
La responsabilidad de probar la existencia del vicio escondo recae en el comprador. Debe ser capaz de probar que el problema ya estaba presente ya antes de la firma del contrato de compra y venta. Sin esta prueba, el vendedor podría no ser considerado responsable del defecto.

Por lo general, para establecer la existencia y antigüedad del problema, se precisa de un informe técnico profesional que evalúe la severidad del defecto y su presencia ya antes de la transacción.
Es vital recordar que el plazo para presentar una reclamación por vicios ocultos es de 6 meses desde la data de entrega del bien. En este semestre, el comprador debe proceder legalmente para pedir la reparación del bien. Transcurrido este periodo, el derecho a reclamar por defectos ocultos expira.

¿Qué cuerpo legal aborda los vicios ocultos en Cerdà?

La normativa aplicable a los defectos no manifiestos en la compra y venta de inmuebles se encuentra dispersa en diversas disposiciones legales:

Defectos ocultos en residencias en Cerdà en el marco legal

El artículo 1484 del Código Civil establece que, ante la presencia de daños significativos no evidentes al instante de la adquisición, el comprador está en su derecho a exigir una reparación conveniente de los mismos o, en casos ciertos, la cancelación del acuerdo de compra previamente establecido.

Precedentes legales sobre defectos no evidentes

Por otra parte, el establecimiento de la existencia de un defecto no evidente debe apegarse a determinados criterios fijados por la jurisprudencia. Los tribunales han sentado precedente en que los desperfectos que merman la calidad y condiciones del inmueble en relación a lo acordado contractualmente, se consideran como defectos no evidentes siempre que estos ya estuvieran presentes en el momento de realizar el contrato de compra y venta en Cerdà.
Solicita una consultoría gratuita y rápidamente te contactará un especialista de nuestro equipo. Puedes manejar todo el proceso desde tu domicilio, mandando la documentación y explicando tu caso a nuestros profesionales. Los defectos ocultos son potenciales riesgos para tu familia y para ti.

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Obligación del constructor en cuanto a defectos ocultos en vivienda.

En la ejecución de una obra de construcción intervienen múltiples actores, tanto individuos como entidades. Por lo tanto, para dilucidar la responsabilidad de cada uno en caso de daños en la estructura, es preciso examinar su rol dentro del proyecto. En este artículo nos enfocamos específicamente en las obligaciones del constructor ante daños en la edificación. La promulgación de la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE), fechada el cinco de noviembre de mil novecientos noventa y nueve y publicada en el BOE al día después, define el marco de responsabilidad civil de todos y cada uno de los agentes implicados en la construcción por defectos o vicios en la misma. Dicha ley se complementa con una serie de seguros obligatorios que cubren daños materiales o fianzas, con el fin de asegurar la compensación por los perjuicios ocasionados en la estructura.

Fallos ocultos en casas de alquiler en Cerdà

Si es propietario de un inmueble en alquiler y su inquilino le notifica de la existencia de defectos no aparentes tras varios meses de ocupación, demandando la terminación del contrato y una compensación económica, puede preguntarse: ¿Tiene fundamentos para esta demanda? Ahora, le explicamos de qué forma se manejan estas situaciones.

Defectos no aparentes y alquiler

Condición del inmueble. Antes de especificar el alquiler de un local, el potencial arrendatario debe efectuar una inspección meticulosa (incluyendo conexiones y servicios, entre otros muchos) del mismo. Nota: En el caso de locales, se espera que los inquilinos, considerados profesionales en su campo, ejerzan una diligencia mayor en el examen y supervisión del sitio en comparación con los particulares que alquilan viviendas en Cerdà para uso propio. Defectos no aparentes. Sin embargo, si los defectos no visibles (esos que no se detectan sencillamente y pueden surgir con el uso progresivo del local) se hacen presentes, se les da exactamente el mismo tratamiento que a una compraventa. Nota: El arrendatario tiene un periodo de 6 meses para identificarlos y actuar en consecuencia, ya sea para pedir su reparación a cargo del arrendador, o para proceder con la rescisión del contrato y la devolución de los importes abonados. Veamos cómo proceder.

¿Cuál es su responsabilidad?

Condiciones. Para que se active esta responsabilidad, se deben cumplir varios requisitos: Invisible. Un daño o deterioro de las instalaciones, elementos estructurales, etc., que no era apreciable o fácilmente detectable. Preexistencia. Esto es, que el defecto ya estuviera presente ya antes de firmar el contrato, aunque se manifieste más tarde. Inutilizabilidad. Que el defecto impida el uso total o parcial del local para el fin acordado. ¡Esencial! No cualquier daño o fisura es suficiente. Además, las reparaciones menores precisas para adaptar el local a la actividad concreta corren por cuenta del inquilino. Notificación a tiempo. El inquilino debe informar sobre la existencia del defecto dentro de los primeros 6 meses (desde la firma del contrato) para obligar al dueño a responder. ¡Esencial! Si se supera este tiempo, la reclamación por defectos no aparentes pierde valía y debe resolverse de otro modo. Defectos conocidos. Si usted como arrendador era siendo consciente de determinados desperfectos al instante de arrendar en Cerdà, tiene la obligación de informar al nuevo inquilino a fin de que estos no se consideren defectos no aparentes. Nota: Es común que, aprovechando la necesidad del inquilino de adecuar el local, se incluyan las imperfecciones en el contrato de arrendamiento en Cerdà y se acuerde que la reparación será responsabilidad del inquilino a cambio de ciertas concesiones, como un periodo sin pago de alquiler, por ejemplo.

¿Qué puede demandar el arrendatario?

Resolución. Si se cumplen las condiciones citadas, el inquilino puede optar por la rescisión del contrato. En tal caso, como arrendador, usted tendría la obligación de rembolsar todas las cantidades abonadas desde la aparición del defecto o vicio, incluyendo la fianza, los gastos de formalización del contrato y los daños a sus posesiones. ¡Atención! Usted es responsable por los defectos no aparentes aun si no tenía conocimiento de ellos. Sin embargo: Su inquilino solo va a poder demandar una compensación si consigue demostrar que estaba al tanto de los defectos y actuó con mala fe al esconderlos. Por esta razón, si los conoce, lo más prudente es señalarlos de antemano y convenir su arreglo. Además, el inquilino debe comprobar los daños sufridos para poder establecer la cantidad de la compensación pedida.

¿Qué período se dispone para denunciar defectos ocultos en una vivienda en Cerdà?

De acuerdo con lo precripto en el artículo mil cuatrocientos ochenta y cuatro del Código Civil, el periodo estipulado para presentar reclamaciones por defectos no evidentes en inmuebles de segunda mano es de 6 meses. Este intervalo de tiempo se comienza desde la fecha en que se realiza la entrega de la propiedad. Para aparatmentos en Cerdà de reciente edificación, el marco temporal para presentar tales reclamaciones puede extenderse hasta dos años.

Me van a acusar por vicios no evidentes en una vivienda, ¿cuáles son mis opciones?

Para que puedas ser objeto de una demanda, se deben cumplir 3 condiciones esenciales. Antes que te enfrentes a un proceso legal en los plazos estipulados, verifica que la demanda sea admisible. No se cataloga como defecto oculto aquel que el comprador, debido a su especialización o actividad profesional (como carpintero, electricista, fontanero, etc.), tenía la capacidad de identificar. El defecto ha de ser preexistente a la operación de compraventa, aunque se manifieste más adelante. El defecto oculto debe ser significativo. Se cree que lo es si afecta negativamente la funcionalidad del inmueble o si disminuye su valor de forma notable, tanto que, si se hubiera tenido conocimiento de ello, no se habría realizado la compra o se habría acordado un coste menor. Además, antes de que la situación escale a una denuncia, existen maneras de prevenirla: Fomenta la colaboración con la otra parte: puedes encargar un dictamen a un experto, ya sea un arquitecto o un ingeniero. Asimismo, es recomendable tener un diálogo con el comprador para que te detalle los problemas y daños que ha percibido, estableciendo un margen temporal para su resolución. Es posible que tenga razonamientos válidos y que se pueda llegar a un acuerdo sin necesidad de acudir a la justicia. La mediación: el Instituto Oficial de Aparejadores y Arquitectos de tu localidad puede actuar como mediador entre los dos, eludiendo así el proceso judicial. En en caso de que el conflicto se judicialice: es fundamental que defiendas tu postura. Si estás seguro de tu posición, presenta patentizas que demuestren que el defecto no estaba presente antes de vender tu propiedad o que los daños son menores a los que alega la otra parte. Ten presente los tres criterios que definen un defecto oculto y empléalos a favor tuyo.

¿Está permitido reclamar por problemas ocultos en una vivienda comprada a un particular?

Como se ha indicado previamente, la regulación de las transacciones entre particulares recae bajo el Código Civil. Para proceder con una denuncia por defectos no evidentes en tales circunstancias, hay que continuar una serie de pasos esenciales. Te explicamos de qué manera proceder para demandar por defectos no evidentes, ya sea en una propiedad inmobiliaria o en un vehículo cuando la venta se ha realizado entre particulares.

#1 Detección del defecto no evidente:

Es vital identificar y documentar con precisión el defecto no evidente. Esto podría ser desde un problema estructural en una propiedad hasta un fallo mecánico en un automóvil. Es esencial probar que el defecto preexistía a la compra, por lo que va a ser necesario compendiar pruebas como facturas, fotografías y otros documentos relevantes.

#2 Verificación de los plazos legales:

Resulta imperativo estar al corriente de los plazos legales vigentes para iniciar cualquier procedimiento legal. Es crucial recordar que, en el caso de la adquisición de artículos de segunda mano entre particulares, se dispone de un periodo de 6 meses desde la adquisición para realizar la reclamación.

#3 Comunicación con el vendedor:

Es necesario informar al vendedor de manera fehaciente sobre el hallazgo del defecto no evidente y la pretensión de activar la acción pertinente. Se recomienda que esta comunicación se realice por un método que asegure constancia de la recepción, como podría ser mediante correo certificado.

#4 Análisis de soluciones:

En esta fase, se deben sopesar las soluciones posibles para solucionar la situación, dependiendo de la acción legal que se pretenda ejercitar. La resolución puede variar desde la corrección de los defectos por parte del vendedor hasta la terminación del contrato. Existen tres vías legales a considerar: La acción redhibitoria o de resolución: busca la anulación del contrato y la restitución del importe pagado. La acción quanti minoris: busca una minoración en el precio de adquiere debido al defecto no evidente. La acción de saneamiento: requiere que el vendedor corrija los defectos identificados.

#5 Busca de acuerdo o mediación:

Se sugiere intentar primero una negociación amistosa con el vendedor para solventar el enfrentamiento. Si no se llega a un acuerdo, la mediación se plantea como una alternativa más veloz y menos costosa que el litigio judicial.

#6 Acción legal:

De no llegar a un arreglo a través de la negociación o la mediación, queda la vía de empezar una acción legal, presentando una demanda frente a la instancia judicial adecuada y recurriendo a la acción más conveniente: redhibitoria o de resolución, quanti minoris o de saneamiento.

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