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Hallar vicios ocultos pronto podría significar la diferencia entre una solución simple y un arreglo costoso. En Reclamarviciosocultosvivienda.es, contamos con especialistas experimentados en identificar y registrar estos inconvenientes para tu reclamo efectivo. Evita que los inconvenientes ocultos de tu hogar en Benimuslem te dañen. ¡Llama a nuestros peritos ya!

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El marco legal, particularmente el Artículo 1484 del Código Civil, dictamina la responsabilidad del vendedor de remediar cualquier defecto no evidente que comprometa la funcionalidad de la vivienda o que deprecie su valor de tal forma que, de ser conocidos por el comprador, este no habría procedido con la adquisición o habría negociado un coste menor.

Se comprende por vicios ocultos aquellos fallos constructivos no perceptibles a primera vista, como defectos en la estructura, infiltraciones de agua o inconvenientes en las instalaciones eléctricas.


Si tras la compra de una residencia utilizada en Benimuslem se descubren estos vicios, se patentiza que la propiedad no cumple con las condiciones previamente declaradas por el vendedor, presentando fallos significativos que impiden el disfrute íntegro del hogar.


Si el comprador hubiera estado al tanto de estos, probablemente habría replanteado la adquisición.

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Ejemplos de vicios ocultos en vivienda de segunda mano en Benimuslem

Es complejo enumerar cada uno de ellos de los posibles fallos no aparentes en un hogar en Benimuslem, mas podemos categorizarlos en 5 áreas principales. Entre los más comunes encontramos:

Problemas de aluminosis:

Aunque su prevalencia ha disminuido, la aluminosis prosigue siendo un fallo latente que puede afectar las propiedades, debilitando el cemento debido a la humedad. Esto puede provocar otros problemas estructurales como fisuras o escapes de agua.

Deficiencias en el aislamiento

Un aislamiento deficiente puede ser el resultado de una aplicación incorrecta o el deterioro con el tiempo, resultando en una protección inadecuada contra el clima o estruendos exterior.

Defectos en los acabados:

Estos incluyen desde incongruencias en el pavimento hasta máculas en la pintura que pueden pasar inadvertidas en un inicio. Errores en la instalación eléctrica: Desde fallos en los enchufes hasta inconvenientes más complejos en el sistema eléctrico pueden estar presentes sin ser detectados a simple vista.

Humedades y filtraciones:

Los daños por agua, ya sea por fallos en las instalaciones o mala impermeabilización, pueden ocasionar arduos problemas estructurales y de habitabilidad.

Emprende acciones por vicios ocultos en vivienda en Benimuslem

Como reclamar vicios ocultos en una compraventa en Benimuslem

Cuando adquieres un inmueble en Benimuslem y descubres algún desperfecto, tienes la opción de interponer una acción legal por defectos no evidentes.

Es vital recordar que dispones de seis meses tras la recepción de la propiedad para presentar tu protesta. En el caso de propiedades recién construidas, este periodo se extiende hasta dos años para formalizar la reclamación.


Para proceder con una protesta por defectos no perceptibles, el proceso es directo pero debe seguir ciertos pasos. Aquí te explicamos cómo proceder:


Primero, es esencial determinar si el inconveniente es resultado de un error constructivo o se debe a un mal uso por la parte del adquiriente. Por esto, es conveniente conseguir un diagnóstico de un especialista que pueda identificar la causa del problema en la residencia en Benimuslem.


Tras verificar que el problema corresponde a un defecto no perceptible, se debe informar al vendedor del daño detectado a través de una comunicación escrita dentro del plazo mentado.


Existen dos posibles desenlaces: que el vendedor reconozca la reclamación y remedie el fallo, o que la rechace y sea necesario asistir a la mediación del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos. Si aún con un nuevo dictamen el vendedor se niega a actuar, procederá llevar el caso frente a la justicia.

Requisitos para poder reclamar los vicios ocultos

Es esencial entender que no todos los problemas que uno puede descubrir en una propiedad recién adquirida califican para una reclamación por vicios ocultos. A fin de que un defecto sea reclamable bajo esta categoría, debe cumplir con ciertos criterios: Primero, el inconveniente en cuestión debe ser auténticamente un vicio oculto, lo que significa que no fue detectado por el comprador en el instante de la compra.

Si el comprador estaba al tanto del inconveniente, entonces no se considera un vicio oculto reclamable.
Además, la gravedad del defecto es un factor determinante. Solo aquellos de significativa magnitud que, de ser conocidos por el comprador anticipadamente, habrían impedido la venta o habrían cambiado el precio de compra, son considerados como vicios ocultos. Es fundamental que el desperfecto ya existiese antes de que se efectuara la compra-venta.

Si el defecto surgió posteriormente o si no se puede establecer claramente que el inconveniente era preexistente, es probable que la reclamación no prospere.
La responsabilidad de probar la existencia del vicio oculto recae en el comprador. Debe ser capaz de demostrar que el problema ya estaba presente antes de la firma del contrato de compra y venta. Sin esta prueba, el vendedor podría no ser considerado responsable del defecto.

Por lo general, para establecer la existencia y antigüedad del inconveniente, se precisa de un informe técnico profesional que valore la severidad del defecto y su presencia antes de la transacción.
Es crucial rememorar que el plazo para presentar una reclamación por vicios ocultos es de 6 meses desde la fecha de entrega del bien. Dentro de este semestre, el comprador debe proceder legalmente para solicitar la reparación del bien. Transcurrido este período, el derecho a reclamar por defectos ocultos expira.

¿Qué legislación específica maneja los vicios ocultos en Benimuslem?

La normativa aplicable a los defectos no manifiestos en la compraventa de inmuebles se halla dispersa en diversas disposiciones legales:

Defectos ocultos en viviendas en Benimuslem en el marco legal

El artículo mil cuatrocientos ochenta y cuatro del Código Civil estipula que, ante la presencia de daños significativos no evidentes al momento de la adquisición, el comprador está en su derecho a demandar una reparación conveniente de los mismos o, en casos ciertos, la anulación del pacto de adquiere anteriormente establecido.

Precedentes legales sobre defectos no evidentes

Por otra parte, el establecimiento de la existencia de un defecto no evidente debe apegarse a ciertos criterios fijados por la jurisprudencia. Los tribunales han sentado precedente en que las imperfecciones que merman la calidad y condiciones del inmueble con relación a lo acordado contractualmente, se consideran como defectos no evidentes siempre que estos ya estuvieran presentes en el momento de realizar el contrato de compraventa en Benimuslem.
Solicita una consultoría sin costo y pronto te llamará un integrante de nuestro equipo. Es posible gestionar todo desde tu casa, enviando documentos y contando tu caso a nuestros profesionales. Los defectos ocultos pueden ser peligros serios para ti y tu familia.

En Reclamarviciosocultosvivienda.es, aplicamos tecnología de nueva generación y experiencia profunda para descubrir cualquier anomalía en tu hogar. No dejes pasar el tiempo. ¡Haznos una llamada y descansa tranquilo sabiendo que tu casa está libre de inconvenientes inesperados!

Responsabilidad del constructor frente a vicios ocultos en viviendas.

De pacto con la Ley de Ordenación de la Edificación, el promotor del proyecto tiene la obligación de asumir la responsabilidad por los perjuicios materiales debidos a defectos no evidentes durante: Un decenio por daños materiales ocasionados por fallos o defectos estructurales: esto incluye inconvenientes en la base, aguantes estructurales, vigas, losas o muros de carga que comprometan la solidez mecánica o la estabilidad del edificio. Tres años en casos de daños materiales originados por inconvenientes en la construcción o en las instalaciones que repercutan en la adecuada habitabilidad del inmueble, como son los aspectos relacionados con la higiene, hermeticidad, insonorización o aislamiento térmico. Esta es la responsabilidad que recae en el constructor en frente de defectos no aparentes. El constructor también se hace cargo de los perjuicios materiales por defectos no visibles: Durante un año en lo que respecta a imperfecciones en los acabados o terminaciones de la construcción.

Problemas encubiertos en casas arrendadas en Benimuslem

Si usted es propietario de un inmueble en alquiler y su arrendatario le notifica de la existencia de defectos no aparentes tras múltiples meses de ocupación, demandando la terminación del contrato y una compensación económica, puede preguntarse: ¿Tiene fundamentos para esta demanda? Ahora, le explicamos de qué forma se manejan estas situaciones.

Defectos no aparentes y alquiler

Condición del inmueble. Antes de concretar el alquiler de un local, el potencial arrendatario debe realizar una inspección meticulosa (incluyendo conexiones y servicios, entre otros) del mismo. Nota: En el caso de locales, se espera que los inquilinos, considerados profesionales en su campo, ejerzan una diligencia mayor en el examen y supervisión del lugar en comparación con los particulares que arriendan viviendas en Benimuslem para uso propio. Defectos no aparentes. No obstante, si los defectos no visibles (esos que no se detectan de forma fácil y pueden surgir con el uso progresivo del local) se hacen presentes, se les da el mismo tratamiento que a una compraventa. Nota: El arrendatario tiene un periodo de 6 meses para identificarlos y obrar en consecuencia, ya sea para pedir su reparación a cargo del arrendador, o para proceder con la rescisión del contrato y la devolución de los importes abonados. Veamos cómo proceder.

¿Cuál es su responsabilidad?

Condiciones. Para que se active esta responsabilidad, se deben cumplir múltiples requisitos: Invisible. Un daño o deterioro de las instalaciones, elementos estructurales, etc., que no era considerable o sencillamente detectable. Preexistencia. Es decir, que el defecto ya estuviese presente antes de firmar el contrato, aunque se manifieste más tarde. Inutilizabilidad. Que el defecto impida el uso total o parcial del local para el fin acordado. ¡Esencial! No cualquier daño o fisura es suficiente. Además, las reparaciones menores necesarias para adaptar el local a la actividad concreta corren por cuenta del inquilino. Notificación a tiempo. El arrendatario debe informar sobre la existencia del defecto en los primeros 6 meses (desde la firma del contrato) para obligar al propietario a responder. ¡Esencial! Si se supera este tiempo, la reclamación por defectos no aparentes pierde valía y debe resolverse de otro modo. Defectos conocidos. Si usted como arrendador era consciente de determinados desperfectos al instante de alquilar en Benimuslem, tiene la obligación de informar al nuevo inquilino a fin de que estos no se consideren defectos no aparentes. Nota: Es común que, aprovechando la necesidad del inquilino de acomodar el local, se incluyan las imperfecciones en el contrato de alquiler en Benimuslem y se acuerde que la reparación será responsabilidad del inquilino a cambio de determinadas concesiones, como un periodo sin pago de alquiler, por poner un ejemplo.

¿Qué puede demandar el inquilino?

Resolución. Si se cumplen las condiciones citadas, el inquilino puede decantarse por la rescisión del contrato. En tal caso, como arrendador, estaría obligado a reembolsar todas y cada una de las cantidades abonadas desde la aparición del defecto o vicio, incluyendo la fianza, los gastos de formalización del contrato y los daños a sus posesiones. ¡Atención! Usted es responsable por los defectos no aparentes aun si no tenía conocimiento de ellos. Sin embargo: Su inquilino solo va a poder demandar una compensación si consigue demostrar que usted estaba al tanto de los defectos y actuó con mala fe al ocultarlos. Por esta razón, si los conoce, lo más prudente es señalarlos de antemano y pactar su arreglo. Además, el inquilino debe revisar los daños sufridos para poder establecer la cantidad de la compensación solicitada.

¿Cuál es el intervalo permitido para alegar defectos ocultos en una casa en Benimuslem?

La jurisprudencia ha confirmado consistentemente que las acciones derivadas de defectos de la propiedad, de conformidad con lo definido en los artículos mil cuatrocientos ochenta y cuatro y siguientes del Código Civil, deben iniciarse dentro de un plazo breve, concretado en seis meses según el artículo 1490 del mismo cuerpo legal. Artículo 1490 del Código Civil: “Las acciones originadas por las estipulaciones de los 5 artículos anteriores prescribirán a los 6 meses, desde la entrega del bien vendido.” Este plazo se comprende como de caducidad y no de prescripción, tal como lo establecen las Sentencias del Tribunal Supremo del 10 de marzo de 1994, entre otras. Dado que es un plazo de caducidad, los tribunales deben reconocerlo sin precisar que sea alegado por las partes. Es relevante considerar que, en lo concerniente a la caducidad, el “dies a quo” es la fecha de entrega del bien vendido, tal como lo establece la ley, y dicho término no se ve interrumpido. En el contexto de una transacción comercial, el tiempo para ejercer la acción por defectos no aparentes es aun menor, siendo de 30 días tras la entrega conforme lo dicta el Código de Comercio. El artículo 325 del Código de Comercio establece que será de carácter mercantil la adquisición de viviendas en Benimuslem con el propósito de revenderlos, ya sea en su forma original o modificada, buscando un beneficio en la reventa. El artículo trescientos cuarenta y dos del Código de Comercio declara: “El comprador que no realice ninguna reclamación basada en defectos internos del bien adquirido dentro de los treinta días posteriores a su entrega, va a perder toda acción y derecho a reclamar al vendedor por dicha causa.”

Estoy a punto de ser demandado por vicios ocultos en una vivienda, ¿qué acciones debo tomar?

Para que puedas ser objeto de una demanda, se deben cumplir 3 condiciones esenciales. Antes de que te enfrentes a un proceso legal dentro de los plazos estipulados, comprueba que la demanda sea aceptable. No se cataloga como defecto escondo aquel que el comprador, debido a su especialización o actividad profesional (como carpintero, electricista, fontanero, etc.), tenía la capacidad de identificar. El defecto debe ser preexistente a la operación de compra y venta, aunque se manifieste más adelante. El defecto oculto debe ser significativo. Se estima que lo es si afecta de forma negativa la funcionalidad del inmueble o si disminuye su valor de forma considerable, tanto que, si se hubiese tenido conocimiento de ello, no se habría realizado la adquisición o se habría acordado un costo menor. Además, antes que la situación escale a una demanda, existen formas de prevenirla: Fomenta la cooperación con la otra parte: puedes encargar un dictamen a un especialista, ya sea un arquitecto técnico o un ingeniero. Asimismo, es conveniente tener un diálogo con el comprador a fin de que te detalle los problemas y daños que ha percibido, estableciendo un margen temporal para su resolución. Posiblemente tenga razonamientos válidos y que se pueda llegar a un pacto sin necesidad de asistir a la justicia. La mediación: el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos de tu localidad puede actuar como intermediario entre ambos, evitando así el proceso judicial. En en el caso de que el conflicto se judicialice: es esencial que defiendas tu postura. Si estás seguro de tu situación, presenta patentizas que prueben que el defecto no estaba presente antes de vender tu propiedad o que los daños son menores a los que aduce la otra parte. Ten presente los 3 criterios que definen un defecto escondo y úsalos en tu favor.

¿Es viable reclamar por vicios ocultos en una transacción inmobiliaria privada?

Como se ha indicado anteriormente, la regulación de las transacciones entre particulares recae bajo el Código Civil. Para proceder con una denuncia por defectos no evidentes en tales circunstancias, hay que proseguir una serie de pasos esenciales. Te explicamos de qué manera proceder para demandar por defectos no evidentes, ya sea en una propiedad inmobiliaria o en un automóvil cuando la venta se ha realizado entre particulares.

#1 Detección del defecto no evidente:

Es vital identificar y documentar con precisión el defecto no evidente. Esto podría ser desde un problema estructural en una propiedad hasta un fallo mecánico en un vehículo. Es esencial probar que el defecto preexistía a la compra, por lo que va a ser necesario compendiar pruebas como facturas, fotografías y otros documentos relevantes.

#2 Verificación de los plazos legales:

Resulta imperativo estar al tanto de los plazos legales vigentes para empezar cualquier procedimiento legal. Es crucial recordar que, en el caso de la adquisición de artículos de segunda mano entre particulares, se dispone de un periodo de seis meses desde la adquisición para realizar la reclamación.

#3 Comunicación con el vendedor:

Es preciso informar al vendedor de manera fehaciente sobre el descubrimiento del defecto no evidente y la pretensión de activar la acción pertinente. Se recomienda que esta comunicación se realice por un método que asegure constancia de la recepción, como podría ser mediante correo certificado.

#4 Análisis de soluciones:

En esta fase, se deben sopesar las soluciones posibles para solucionar la situación, dependiendo de la acción legal que se pretenda ejercitar. La resolución puede variar desde la corrección de los defectos por parte del vendedor hasta la terminación del contrato. Existen tres vías legales a considerar: La acción redhibitoria o de resolución: busca la anulación del contrato y la restitución del importe pagado. La acción quanti minoris: busca una disminución en el coste de compra debido al defecto no evidente. La acción de saneamiento: requiere que el vendedor corrija los defectos identificados.

#5 Busca conforme o mediación:

Se sugiere intentar primero una negociación amistosa con el vendedor para solventar el conflicto. Si no se alcanza un acuerdo, la mediación se plantea como una alternativa más veloz y menos costosa que el pleito judicial.

#6 Acción legal:

De no llegar a un arreglo mediante la negociación o la mediación, queda la vía de empezar una acción legal, presentando una demanda frente a la instancia judicial adecuada y recurriendo a la acción más conveniente: redhibitoria o de resolución, quanti minoris o de saneamiento.

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