vicios ocultos vivienda

¿Salir exitoso en litigio por vicios ocultos en una vivienda en Benifairó de la Valldigna? Te guiamos.

Encontrar defectos ocultos de forma temprana puede eludir pasar de un arreglo simple a uno costoso. En Reclamarviciosocultosvivienda.es, poseemos peritos con años de experiencia en descubrir y evidenciar estos problemas en Benifairó de la Valldigna, facilitando tu reclamación. Impide que vicios ocultos en tu residencia impacten en ti. ¡Contacta a nuestros expertos ahora mismo!

Reivindicar por defectos secretos en casa en Benifairó de la Valldigna

El marco legal, particularmente el Artículo mil cuatrocientos ochenta y cuatro del Código Civil, decreta la responsabilidad del vendedor de remediar cualquier defecto no evidente que comprometa la funcionalidad de la vivienda o que deprecie su valor de tal forma que, de ser conocidos por el comprador, este no habría procedido con la compra o habría negociado un costo menor.

Se comprende por vicios ocultos aquellos fallos edificantes no perceptibles a primer aspecto, como defectos en la estructura, infiltraciones de agua o problemas en las instalaciones eléctricas.


Si tras la adquisición de una residencia usada en Benifairó de la Valldigna se descubren estos vicios, se evidencia que la propiedad no cumple con las condiciones anteriormente declaradas por el vendedor, presentando fallos significativos que impiden el disfrute íntegro del hogar.


Si el comprador hubiera estado al tanto de estos, posiblemente habría replanteado la adquisición.

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Ejemplos de vicios ocultos en vivienda de segunda mano en Benifairó de la Valldigna

La diversidad de fallos no perceptibles en un inmueble es amplia, pero normalmente se reúnen en las siguientes categorías:

Relacionados con el agua:

Los inconvenientes de humedad, filtraciones y goteras son comunes y suelen originarse por una mala impermeabilización o tuberías dañadas. Estos deben atenderse de inmediato debido a su tendencia a empeorar rápidamente.

Cuestiones de cimentación:

Las fisuras y fisuras pueden manifestarse con el tiempo debido a malas prácticas constructivas o intervenciones en propiedades adyacentes, y en ocasiones, son resultado de una mala cimentación original.

Acabados imperfectos:

Los acabados imperfectos en suelos, paredes y otros interiores pueden deberse a la mala calidad o incorrecta instalación de los materiales.

Insuficiencia térmica o acústica:

Un mal aislamiento puede provocar incomodidades por ruido o temperatura, con frecuencia causados por el uso incorrecto o inapropiado de materiales aislantes.

Disfunción del sistema eléctrico:

Problemas en interruptores, iluminación o enchufes pueden ser resultado de una instalación antigua o defectuosa, si bien acostumbran a ser los más fáciles de corregir.

Comienza a denunciar defectos ocultos en tu hogar en Benifairó de la Valldigna

Como reclamar vicios ocultos en una compraventa en Benifairó de la Valldigna

Adquirir una vivienda en Benifairó de la Valldigna con hipoteca y encontrarse con un defecto no aparente te faculta a presentar una reclamación contra el vendedor. No obstante, es indispensable ser siendo consciente de la relevancia de los plazos.

Para inmuebles no nuevos, se dispone de medio año desde la entrega para demandar, mientras que para las residencias a estrenar, el plazo se amplía a dos años.


El trámite de reclamación es bastante directo, si bien pueda resultar engorroso. Los pasos a continuar son:


Evaluar la índole del defecto escondo y si este proviene de una falla edificante o de un manejo incorrecto. Lo óptimo es contar con una valoración de un experto, como podría ser un arquitecto técnico o un aparejador.


Notificar al vendedor por escrito sobre el defecto hallado y los daños que este implica. Es vital que esta notificación refleje la data de la firma del contrato y el periodo ya antes mentado.


La resolución puede ser por acuerdo, si el vendedor atiende la reclamación y repara el daño, o por disputa, si el vendedor la desestima.


En este último escenario, es aconsejable buscar la intervención del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos para mediar y evitar un proceso judicial. Si aun así no se llega a un acuerdo, la última instancia sería la judicial.

Requisitos para reclamación de vicios ocultos vivienda

Es esencial comprender que no todos los problemas que uno puede descubrir en una propiedad recién adquirida califican para una reclamación por vicios ocultos. A fin de que un defecto sea reclamable bajo esta categoría, debe cumplir con ciertos criterios: Primero, el inconveniente en cuestión ha de ser auténticamente un vicio oculto, lo que quiere decir que no fue detectado por el comprador en el instante de la adquisición.

Si el comprador estaba al tanto del problema, entonces no se considera un vicio escondo reclamable.
Además, la gravedad del defecto es un factor determinante. Solo aquellos de significativa magnitud que, de haber sido conocidos por el comprador anticipadamente, habrían impedido la venta o habrían cambiado el coste de adquiere, son considerados como vicios ocultos. Es fundamental que la imperfección ya existiese antes de que se efectuara la compraventa.

Si el defecto brotó más tarde o si no se puede establecer claramente que el inconveniente era preexistente, probablemente la reclamación no prospere.
La responsabilidad de probar la existencia del vicio escondo recae sobre el comprador. Ha de ser capaz de probar que el inconveniente ya estaba presente ya antes de la firma del contrato de compraventa. Sin esta prueba, el vendedor podría no ser considerado responsable del defecto.

Por lo general, para establecer la existencia y antigüedad del problema, se requiere de un informe técnico profesional que evalúe la severidad del defecto y su presencia antes de la transacción.
Es crucial recordar que el plazo para presentar una reclamación por vicios ocultos es de seis meses desde la fecha de entrega del bien. Dentro de este semestre, el comprador debe proceder legalmente para solicitar la reparación del bien. Pasado este periodo, el derecho a demandar por defectos ocultos expira.

¿Cuál es el marco legal para los vicios ocultos en Benifairó de la Valldigna?

La normativa aplicable a los defectos no manifiestos en la compra y venta de inmuebles se halla dispersa en diferentes disposiciones legales:

Defectos ocultos en residencias en Benifairó de la Valldigna en el marco legal

El artículo 1484 del Código Civil estipula que, ante la presencia de daños significativos no evidentes al momento de la adquisición, el comprador está en su derecho a demandar una reparación conveniente de los mismos o, en casos determinados, la cancelación del pacto de adquiere previamente establecido.

Precedentes legales sobre defectos no evidentes

Por otra parte, el establecimiento de la existencia de un defecto no evidente debe apegarse a ciertos criterios fijados por la jurisprudencia. Los tribunales han sentado precedente en que los desperfectos que merman la calidad y condiciones del inmueble en relación a lo acordado contractualmente, se consideran como defectos no evidentes toda vez que estos ya estuvieran presentes en el momento de realizar el contrato de compra y venta en Benifairó de la Valldigna.
Solicita una consultoría sin costo y pronto te va a llamar un integrante de nuestro equipo. Es posible administrar todo desde tu casa, mandando documentos y contando tu caso a nuestros profesionales. Los defectos ocultos pueden ser peligros serios para ti y tu familia.

En Reclamarviciosocultosvivienda.es, aplicamos tecnología de nueva generación y experiencia profunda para descubrir cualquier anomalía en tu hogar. No dejes pasar el tiempo. ¡Haznos una llamada y descansa tranquilo sabiendo que tu casa está libre de inconvenientes inesperados!

Responsabilidad del edificador por defectos no visibles en la vivienda.

De acuerdo con la Ley de Ordenación de la Edificación, el promotor del proyecto tiene la obligación de aceptar la responsabilidad por los perjuicios materiales debidos a defectos no evidentes durante: Un decenio por daños materiales causados por fallos o defectos estructurales: esto incluye problemas en la base, soportes estructurales, vigas, losetas o muros de carga que comprometan la firmeza mecánica o la estabilidad del edificio. Tres años en casos de daños materiales originados por problemas en la construcción o en las instalaciones que repercutan en la adecuada habitabilidad del inmueble, como son los aspectos relacionados con la higiene, hermeticidad, insonorización o aislamiento térmico. Esta es la responsabilidad que recae en el constructor en frente de defectos no aparentes. El constructor también se encarga de los perjuicios materiales por defectos no visibles: Durante un año en lo relativo a imperfecciones en los acabados o terminaciones de la construcción.

Defectos no evidentes en viviendas en régimen de arrendamiento en Benifairó de la Valldigna

Si usted es dueño de un inmueble en alquiler y su arrendatario le notifica de la existencia de defectos no aparentes tras varios meses de ocupación, demandando la terminación del contrato y una compensación económica, puede preguntarse: ¿Tiene fundamentos para esta demanda? A continuación, le explicamos de qué manera se manejan estas situaciones.

Defectos no aparentes y alquiler

Condición del inmueble. Ya antes de detallar el alquiler de un local, el potencial arrendatario debe realizar una inspección minuciosa (incluyendo conexiones y servicios, entre otros) del mismo. Nota: En el caso de locales comerciales, se espera que los arrendatarios, considerados profesionales en su ámbito, ejerciten una diligencia mayor en el examen y supervisión del lugar en comparación con los particulares que alquilan viviendas en Benifairó de la Valldigna para uso propio. Defectos no aparentes. No obstante, si los defectos no visibles (esos que no se detectan de manera fácil y pueden surgir con el uso continuo del local) se hacen presentes, se les da exactamente el mismo tratamiento que a una compraventa. Nota: El arrendatario tiene un periodo de 6 meses para identificarlos y actuar en consecuencia, ya sea para solicitar su reparación a cargo del arrendador, o para proceder con la rescisión del contrato y la devolución de los importes abonados. Veamos cómo proceder.

¿Cuál es su responsabilidad?

Condiciones. A fin de que se active esta responsabilidad, se deben cumplir múltiples requisitos: Invisible. Un daño o deterioro de las instalaciones, elementos estructurales, etc., que no era considerable o de forma fácil detectable. Preexistencia. Esto es, que el defecto ya estuviese presente ya antes de firmar el contrato, aunque se manifieste después. Inutilizabilidad. Que el defecto impida el uso total o parcial del local para el fin acordado. ¡Importante! No cualquier daño o fisura es suficiente. Además, las reparaciones menores precisas para adaptar el local a la actividad concreta corren por cuenta del inquilino. Notificación a tiempo. El arrendatario debe informar sobre la existencia del defecto dentro de los primeros seis meses (desde la firma del contrato) para obligar al dueño a responder. ¡Esencial! Si se supera este tiempo, la reclamación por defectos no aparentes pierde validez y debe resolverse de otra manera. Defectos conocidos. Si usted como arrendador era siendo consciente de determinados desperfectos al instante de alquilar en Benifairó de la Valldigna, tiene la obligación de informar al nuevo inquilino para que estos no se consideren defectos no aparentes. Nota: Es usual que, aprovechando la necesidad del inquilino de adecuar el local, se incluyan los desperfectos en el contrato de alquiler en Benifairó de la Valldigna y se acuerde que la reparación va a ser responsabilidad del inquilino a cambio de determinadas concesiones, como un periodo sin pago de alquiler, por ejemplo.

¿Qué puede demandar el inquilino?

Resolución. Si se cumplen las condiciones citadas, el inquilino puede optar por la rescisión del contrato. En tal caso, como arrendador, usted estaría obligado a rembolsar todas y cada una de las cantidades abonadas desde la aparición del defecto o vicio, incluyendo la fianza, los gastos de formalización del contrato y los daños a sus posesiones. ¡Atención! Usted es responsable por los defectos no aparentes aun si no tenía conocimiento de ellos. Sin embargo: Su inquilino solo podrá demandar una compensación si consigue probar que usted estaba al tanto de los defectos y actuó con mala fe al ocultarlos. Por esta razón, si los conoce, lo más prudente es señalarlos por adelantado y convenir su arreglo. Además, el inquilino debe revisar los daños sufridos para poder establecer la cantidad de la compensación pedida.

¿Dentro de qué tiempo se puede reclamar por vicios ocultos en una casa en Benifairó de la Valldigna?

Tienes un lapso de 6 meses contados desde la entrega del vehículo para requerir al vendedor la rectificación de cualquier defecto no manifiesto. Y surge la duda: ¿qué ocurre si quien me vende el vehículo desconoce estos fallos o deterioros?; El Código Civil establece con claridad: “el vendedor tiene la obligación de garantizar al comprador la ausencia de defectos o fallos ocultos en el bien vendido, aunque no tuviese conocimiento de ellos”. Esta regla predomina a menos que se haya acordado de manera expresa lo opuesto. En las ventas realizadas entre individuos no se aplica la legislación sobre garantías que sí se exige en transacciones efectuadas en Benifairó de la Valldigna mediante distribuidores, por servirnos de un ejemplo. Es vital diferenciar entre la garantía y la obligación de arreglar los defectos no manifiestos. El plazo de 6 meses que se menciona se refiere a inconvenientes preexistentes en el vehículo al momento de su entrega y no ten relación con una garantía postventa.

Van a presentar una denuncia contra mí por defectos ocultos en una casa, ¿cuál es el procedimiento a seguir?

Para que puedas ser objeto de una demanda, se deben cumplir tres condiciones esenciales. Antes que te encares a un proceso legal dentro de los plazos estipulados, verifica que la demanda sea aceptable. No se cataloga como defecto escondo aquel que el comprador, debido a su especialización o actividad profesional (como carpintero, electricista, fontanero, etc.), tenía la capacidad de identificar. El defecto ha de ser preexistente a la operación de compra-venta, si bien se manifieste más adelante. El defecto oculto debe ser significativo. Se cree que lo es si afecta negativamente la funcionalidad del inmueble o si reduce su valor de forma notable, tanto que, si se hubiera tenido conocimiento de ello, no se habría realizado la compra o se habría acordado un costo menor. Además, antes de que la situación escale a una demanda, existen maneras de prevenirla: Fomenta la colaboración con la otra parte: puedes encargar un dictamen a un experto, ya sea un arquitecto técnico o un ingeniero. Asimismo, es conveniente tener un diálogo con el comprador a fin de que te detalle los inconvenientes y daños que ha percibido, estableciendo un margen temporal para su resolución. Es posible que tenga argumentos válidos y que se pueda llegar a un acuerdo sin precisar acudir a la justicia. La mediación: el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos de tu localidad puede actuar como intermediario entre ambos, evitando así el proceso judicial. En caso de que el conflicto se judicialice: es esencial que defiendas tu postura. Si estás seguro de tu situación, presenta patentizas que prueben que el defecto no estaba presente antes de vender tu propiedad o que los daños son menores a los que aduce la otra parte. Ten presente los 3 criterios que definen un defecto escondo y úsalos en tu favor.

¿Puedo denunciar vicios ocultos en una vivienda adquirida de un particular?

Como se ha indicado previamente, la regulación de las transacciones entre particulares recae bajo el Código Civil. Para proceder con una denuncia por defectos no evidentes en semejantes circunstancias, hay que seguir una serie de pasos esenciales. Te explicamos de qué forma proceder para demandar por defectos no evidentes, ya sea en una propiedad inmobiliaria o en un automóvil cuando la venta se ha realizado entre particulares.

#1 Detección del defecto no evidente:

Es vital identificar y documentar con precisión el defecto no evidente. Esto podría ser desde un inconveniente estructural en una propiedad hasta un fallo mecánico en un automóvil. Es esencial demostrar que el defecto preexistía a la adquisición, por lo que será preciso compilar pruebas como facturas, fotografías y otros documentos relevantes.

#2 Verificación de los plazos legales:

Resulta imperativo estar al corriente de los plazos legales vigentes para empezar cualquier procedimiento legal. Es crucial rememorar que, en el caso de la compra de artículos de segunda mano entre particulares, se dispone de un periodo de seis meses desde la adquisición para realizar la reclamación.

#3 Comunicación con el vendedor:

Es necesario informar al vendedor de forma fehaciente sobre el descubrimiento del defecto no evidente y la intención de activar la acción pertinente. Se aconseja que esta comunicación se realice por un procedimiento que asegure constancia de la recepción, como podría ser mediante correo certificado.

#4 Análisis de soluciones:

En esta fase, se deben sopesar las soluciones posibles para remediar la situación, en función de la acción legal que se pretenda ejercitar. La resolución puede cambiar desde la corrección de los defectos por la parte del vendedor hasta la terminación del contrato. Existen tres vías legales a considerar: La acción redhibitoria o de resolución: busca la anulación del contrato y la restitución del importe pagado. La acción quanti minoris: busca una disminución en el precio de compra debido al defecto no evidente. La acción de saneamiento: requiere que el vendedor corrija los defectos identificados.

#5 Busca de acuerdo o mediación:

Se sugiere intentar primero una negociación amistosa con el vendedor para solventar el conflicto. Si no se llega a un acuerdo, la mediación se plantea como una alternativa más rápida y menos costosa que el pleito judicial.

#6 Acción legal:

De no llegar a un arreglo por medio de la negociación o la mediación, queda la vía de iniciar una acción legal, presentando una demanda ante la instancia judicial adecuada y recurriendo a la acción más conveniente: redhibitoria o de resolución, quanti minoris o de saneamiento.

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