vicios ocultos vivienda

¿Salir exitoso en litigio por vicios ocultos en una vivienda en Albaida? Te guiamos.

Identificar vicios ocultos velozmente puede ser decisivo entre una solución veloz y una reparación elevada. En Reclamarviciosocultosvivienda.es, nuestros profesionales experimentados se especializan en advertir y probar estos inconvenientes para tu reclamo efectivo en Albaida. No permitas que defectos inapreciables en tu casa te dañen. ¡Comunícate con nuestros peritos hoy!

Pedir solución a vicios ocultos en hogar en Albaida

Para enfrentar y reclamar por la presencia de vicios ocultos, es esencial comprender qué implica este concepto.

Según el Diccionario del español jurídico, basándose en el artículo mil cuatrocientos ochenta y cuatro del Código Civil, se refiere a aquellos defectos no aparentes en la propiedad en Albaida, que la hacen inadecuada para su uso destinado o que dismuyen tal uso a un grado que, de ser conocidos por el comprador, este no habría efectuado la compra o habría pagado menos por ella.


Por ende, la detección de vicios ocultos confirma que la vivienda no se halla en las condiciones prometidas por el vendedor, presentando anomalías serias que obstruyen el uso completo y adecuado de la propiedad.


No obstante, la presencia de estos defectos no necesariamente supone que la propiedad sea inservible, pues en tal caso, se estaría en frente de una categoría diferente de daños.


Los vicios ocultos no se restringen a una lista concreta de problemas, pero acostumbran a incluir cuestiones relacionadas con la impermeabilización (como humedades o filtraciones), la estructura (fisuras o grietas), acabados defectuosos, aislamiento térmico o acústico deficiente o inconvenientes con la instalación eléctrica.

Denunciar estado deficiente de vivienda en Albaida

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Ejemplos de vicios ocultos en viviendas de segunda mano en Albaida

Es complejo contar cada uno de ellos de los posibles fallos no aparentes en un hogar en Albaida, pero podemos categorizarlos en 5 áreas principales. Entre los más habituales encontramos:

Problemas de aluminosis:

Aunque su prevalencia ha disminuido, la aluminosis sigue siendo un fallo latente que puede afectar las propiedades, desgastando el cemento debido a la humedad. Esto puede provocar otros problemas estructurales como fisuras o escapes de agua.

Deficiencias en el aislamiento

Un aislamiento deficiente puede ser el resultado de una aplicación incorrecta o el deterioro con el tiempo, resultando en una protección inapropiada contra el clima o ruido exterior.

Defectos en los acabados:

Estos incluyen desde incongruencias en el pavimento hasta máculas en la pintura que pueden pasar desapercibidas inicialmente. Errores en la instalación eléctrica: Desde fallos en los enchufes hasta problemas más complejos en el sistema eléctrico pueden estar presentes sin ser detectados a simple vista.

Humedades y filtraciones:

Los daños por agua, ya sea por fallos en las instalaciones o mala impermeabilización, pueden causar graves problemas estructurales y de habitabilidad.

Inicia demanda por vicios ocultos de tu hogar en Albaida

Como reclamar vicios ocultos en compraventa de una vivienda en Albaida

Cuando adquieres un inmueble en Albaida y descubres algún desperfecto, tienes la opción de interponer una acción legal por defectos no evidentes.

Es vital rememorar que dispones de seis meses tras la recepción de la propiedad para presentar tu queja. En el caso de propiedades recién construidas, este periodo se extiende hasta un par de años para formalizar la reclamación.


Para proceder con una protesta por defectos no perceptibles, el proceso es directo mas debe proseguir determinados pasos. Aquí te explicamos cómo proceder:


Primero, es esencial determinar si el problema es resultado de un fallo constructivo o se debe a un mal uso por la parte del adquiriente. Por esto, es conveniente conseguir un diagnóstico de un especialista que pueda identificar la causa del problema en la residencia en Albaida.


Tras verificar que el inconveniente corresponde a un defecto no visible, se debe informar al vendedor del daño detectado mediante una comunicación escrita en el plazo citado.


Existen dos posibles desenlaces: que el vendedor reconozca la reclamación y remedie el fallo, o que la rechace y sea preciso asistir a la mediación del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos. Si aún con un nuevo dictamen el vendedor se niega a actuar, procederá llevar el caso frente a la justicia.

Requisitos para reclamación de vicios ocultos vivienda

Es importante comprender que no todos y cada uno de los inconvenientes que uno puede descubrir en una propiedad recién adquirida califican para una reclamación por vicios ocultos. A fin de que un defecto sea reclamable bajo esta categoría, debe cumplir con ciertos criterios: Primero, el problema en cuestión debe ser auténticamente un vicio oculto, lo que quiere decir que no fue detectado por el comprador en el momento de la compra.

Si el comprador estaba al tanto del problema, entonces no se considera un vicio oculto reclamable.
Además, la gravedad del defecto es un factor determinante. Solo aquellos de significativa magnitud que, de haber sido conocidos por el comprador anticipadamente, habrían impedido la venta o habrían cambiado el coste de compra, son considerados como vicios ocultos. Es esencial que el desperfecto ya existiese antes que se efectuara la compra y venta.

Si el defecto surgió más tarde o si no se puede establecer claramente que el problema era preexistente, es probable que la reclamación no prospere.
La responsabilidad de probar la existencia del vicio oculto recae en el comprador. Debe ser capaz de demostrar que el inconveniente ya estaba presente ya antes de la firma del contrato de compra y venta. Sin esta prueba, el vendedor podría no ser considerado responsable del defecto.

Por lo general, para establecer la existencia y antigüedad del problema, se precisa de un informe técnico profesional que valore la severidad del defecto y su presencia ya antes de la transacción.
Es crucial rememorar que el plazo para presentar una reclamación por vicios ocultos es de 6 meses desde la fecha de entrega del bien. En este semestre, el comprador debe proceder legalmente para pedir la reparación del bien. Transcurrido este período, el derecho a demandar por defectos ocultos expira.

¿Cuál es la legislación que abarca los vicios ocultos en Albaida?

La normativa aplicable a los defectos no manifiestos en la compra y venta de inmuebles se encuentra dispersa en distintas disposiciones legales:

Defectos ocultos en viviendas en Albaida en el marco legal

El artículo mil cuatrocientos ochenta y cuatro del Código Civil estipula que, ante la presencia de daños significativos no evidentes al momento de la adquisición, el comprador está en su derecho a exigir una reparación adecuada de los mismos o, en casos ciertos, la anulación del acuerdo de adquiere previamente establecido.

Precedentes legales sobre defectos no evidentes

Por otra parte, el establecimiento de la existencia de un defecto no evidente debe apegarse a ciertos criterios fijados por la jurisprudencia. Los tribunales han sentado precedente en que los desperfectos que merman la calidad y condiciones del inmueble en relación a lo acordado contractualmente, se consideran como defectos no evidentes toda vez que estos ya estuvieran presentes en el momento de realizar el contrato de compraventa en Albaida.
Solicita una consultoría sin costo y pronto te va a llamar un miembro de nuestro equipo. Es posible gestionar todo desde tu casa, enviando documentos y contando tu caso a nuestros profesionales. Los defectos ocultos pueden ser peligros serios para ti y tu familia.

En Reclamarviciosocultosvivienda.es, aplicamos tecnología de última generación y experiencia profunda para descubrir cualquier anomalía en tu hogar. No dejes pasar el tiempo. ¡Haznos una llamada y descansa tranquilo a sabiendas de que tu casa está libre de inconvenientes inesperados!

Responsabilidad del constructor frente a vicios ocultos en viviendas.

Ante la aparición de defectos no aparentes, el constructor tiene la obligación de contestar por los perjuicios materiales producidos por estos inconvenientes, sin importar lo más mínimo si proceden de una falta de competencia, incumplimiento de las normas o por un acto de descuido. Incluso si se ha recurrido a la subcontratación de especialistas para ciertas etapas o componentes de la obra, la obligación del constructor respecto a los defectos no visibles continúa inalterable. Asimismo, el responsable del proyecto y el encargado de la ejecución de la obra deben asegurar la veracidad del documento de finalización de obra.

Problemas encubiertos en casas arrendadas en Albaida

Si es dueño de un inmueble en alquiler y su arrendatario le notifica de la existencia de defectos no aparentes tras múltiples meses de ocupación, demandando la terminación del contrato y una compensación económica, puede preguntarse: ¿Tiene fundamentos para esta demanda? Ahora, le explicamos de qué forma se manejan estas situaciones.

Defectos no aparentes y alquiler

Condición del inmueble. Antes de especificar el alquiler de un local, el potencial arrendatario debe efectuar una inspección meticulosa (incluyendo conexiones y servicios, entre otros) del mismo. Nota: En el caso de locales, se espera que los arrendatarios, considerados profesionales en su ámbito, ejerzan una diligencia mayor en el examen y supervisión del sitio en comparación con los particulares que alquilan viviendas en Albaida para uso propio. Defectos no aparentes. Sin embargo, si los defectos no perceptibles (esos que no se detectan de forma fácil y pueden surgir con el uso continuo del local) se hacen presentes, se les da el mismo tratamiento que a una compraventa. Nota: El arrendatario tiene un período de seis meses para identificarlos y obrar en consecuencia, ya sea para pedir su reparación al cargo del arrendador, o para proceder con la rescisión del contrato y la devolución de los importes abonados. Veamos cómo proceder.

¿Cuál es su responsabilidad?

Condiciones. A fin de que se active esta responsabilidad, se deben cumplir múltiples requisitos: Invisible. Un daño o deterioro de las instalaciones, elementos estructurales, etc., que no era apreciable o fácilmente detectable. Preexistencia. Esto es, que el defecto ya estuviese presente antes de firmar el contrato, aunque se manifieste después. Inutilizabilidad. Que el defecto impida el uso total o parcial del local para el fin acordado. ¡Importante! No cualquier daño o grieta es suficiente. Además, las reparaciones menores precisas para adaptar el local a la actividad específica corren por cuenta del arrendatario. Notificación a tiempo. El arrendatario debe informar sobre la existencia del defecto en los primeros 6 meses (desde la firma del contrato) para obligar al propietario a contestar. ¡Importante! Si se supera este tiempo, la reclamación por defectos no aparentes pierde valía y debe resolverse de otro modo. Defectos conocidos. Si como arrendador era consciente de algunos desperfectos al momento de alquilar en Albaida, tiene la obligación de informar al nuevo inquilino para que estos no se consideren defectos no aparentes. Nota: Es común que, aprovechando la necesidad del inquilino de adecuar el local, se incluyan las imperfecciones en el contrato de alquiler en Albaida y se acuerde que la reparación va a ser responsabilidad del inquilino a cambio de ciertas concesiones, como un periodo sin pago de alquiler, por servirnos de un ejemplo.

¿Qué puede demandar el arrendatario?

Resolución. Si se cumplen las condiciones citadas, el inquilino puede optar por la rescisión del contrato. En tal caso, como arrendador, tendría la obligación de reembolsar todas y cada una de las cantidades abonadas desde la aparición del defecto o vicio, incluyendo la fianza, los gastos de formalización del contrato y los daños a sus pertenencias. ¡Atención! Usted es responsable por los defectos no aparentes aun si no tenía conocimiento de ellos. Sin embargo: Su inquilino solo va a poder exigir una compensación si consigue demostrar que estaba al tanto de los defectos y actuó con mala fe al ocultarlos. Por tal razón, si los conoce, lo más prudente es señalarlos por adelantado y convenir su arreglo. Además, el inquilino debe comprobar los daños sufridos para poder establecer la cantidad de la compensación solicitada.

¿Qué margen de tiempo hay para reclamar por defectos no evidentes en una vivienda en Albaida?

De acuerdo con lo precripto en el artículo 1484 del Código Civil, el periodo estipulado para presentar reclamaciones por defectos no evidentes en inmuebles de segunda mano es de seis meses. Este intervalo de tiempo se inicia desde la data en que se realiza la entrega de la propiedad. Para inmuebles en Albaida de reciente edificación, el marco temporal para presentar semejantes reclamaciones puede extenderse hasta dos años.

Estoy bajo amenaza de demanda por problemas ocultos en una vivienda, ¿qué se recomienda hacer?

Para que puedas ser objeto de una demanda, se deben cumplir tres condiciones esenciales. Antes de que te encares a un proceso legal dentro de los plazos estipulados, comprueba que la demanda sea aceptable. No se cataloga como defecto escondo aquel que el comprador, debido a su especialización o actividad profesional (como carpintero, electricista, fontanero, etc.), tenía la capacidad de identificar. El defecto ha de ser preexistente a la operación de compra y venta, si bien se manifieste más adelante. El defecto escondo ha de ser significativo. Se estima que lo es si afecta negativamente la funcionalidad del inmueble o si disminuye su valor de forma considerable, tanto que, si se hubiera tenido conocimiento de ello, no se habría realizado la adquisición o se habría acordado un coste menor. Además, antes que la situación escale a una demanda, existen maneras de prevenirla: Fomenta la cooperación con la otra parte: puedes encargar un dictamen a un especialista, ya sea un arquitecto o un ingeniero. Asimismo, es conveniente tener un diálogo con el comprador para que te detalle los problemas y daños que ha percibido, estableciendo un margen temporal para su resolución. Posiblemente tenga argumentos válidos y que se pueda llegar a un pacto sin precisar asistir a la justicia. La mediación: el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos de tu localidad puede actuar como mediador entre los dos, eludiendo así el proceso judicial. En en caso de que el enfrentamiento se judicialice: es esencial que defiendas tu postura. Si estás seguro de tu posición, presenta evidencias que demuestren que el defecto no estaba presente ya antes de vender tu propiedad o que los daños son menores a los que aduce la otra parte. Ten presente los tres criterios que definen un defecto oculto y úsalos a favor tuyo.

¿Me asiste el derecho de presentar quejas por vicios ocultos en una compra de vivienda privada?

El tema de los defectos no evidentes es particularmente intrigante en el contexto de las compras de segunda mano realizadas entre particulares, ya que la normativa aplicable difiere de la que se usa para las compras de productos nuevos o utilizados a través de comerciantes o empresarios profesionales. Cuando se realiza una transacción de bienes entre individuos, no se actúa en calidad de usuarios, sino como ciudadanos comunes. Esto supone una distinción sustancial en el tratamiento de los defectos no evidentes, ya que no se aplica lo establecido en el R. D. Legislativo 1/2007 relativo a las garantías (como la garantía legal del fabricante de dos años, o la del vendedor profesional de segunda mano de un año). En tales escenarios, se recurre a la regulación general del Código Civil sobre la compra y venta, y en particular a lo que se refiere como “saneamiento por defectos no evidentes o redhibitorios”, tema que desarrollamos en el presente artículo. 3 El Código Civil aborda estas situaciones sin establecer un marco de protección especializado, proponiendo tres alternativas de acción para el comprador, cada una con sus propios requisitos y efectos legales diferenciados:

A.- RETORNO:

Acción redhibitoria. Dictaminada por el artículo 1486 del Código Civil, esta figura jurídica le otorga al comprador la capacitad de cancelar el contrato, devolver el objeto adquirido y solicitar el reembolso de los gastos realizados a lo largo de la transacción. Además, si se demuestra que el vendedor estaba al corriente de los defectos no perceptibles antes de detallar la entrega, el comprador va a poder reclamar una compensación por cualquier daño o perjuicio resultante.

B.- DESCUENTO EN EL PRECIO:

Acción de aminoración del costo o «quanti minoris». Regulada también en el artículo mil cuatrocientos ochenta y seis del Código Civil, esta acción busca la reducción del costo del bien adquirido. El monto de la reducción se determinará tras una valoración pericial de los daños, y la cantidad conseguida se deducirá del total pagado por el bien.

C.- CORRECCIÓN:

Acción de saneamiento. Estipulada en el artículo mil cuatrocientos ochenta y cuatro del Código Civil, habilita al comprador a demandar que el vendedor realice los ajustes necesarios en el bien para asegurar su funcionalidad conforme al propósito de su adquisición. Es esencial indicar dos aspectos cruciales: Este conjunto de medidas se aplica solamente en pactos efectuados entre individuos particulares y queda excluido en las transacciones que involucran a consumidores y profesionales, quienes cuentan con su estatuto legal. El tiempo disponible para comenzar una reclamación por defectos no aparentes es bastante limitado, especificándose un periodo de caducidad de seis meses desde la data de entrega del bien. Si el plazo de 6 meses expira sin que se haya recurrido a la vía judicial, aún queda la posibilidad de presentar una demanda basada en aspectos generales del contrato de compraventa, y no específicamente por la presencia de defectos no manifiestos. Por ejemplo, es posible ejercer la acción de desistimiento del contrato por incumplimiento de las obligaciones por una de las partes, según el artículo 1124 del Código Civil, o la acción de anulabilidad del contrato si el consentimiento del comprador se vio perjudicado por error o engaño.

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