vicios ocultos vivienda

¿Ganar en un caso de vicios ocultos en vivienda en Ademús? Te asistimos.

Encontrar defectos ocultos de forma temprana puede evitar pasar de un arreglo simple a uno costoso. En Reclamarviciosocultosvivienda.es, poseemos peritos con años de experiencia en descubrir y evidenciar estos problemas en Ademús, facilitando tu reclamación. Impide que vicios ocultos en tu vivienda impacten en ti. ¡Contacta a nuestros especialistas ya!

Reclamo por vicios no vistos en casa en Ademús

La normativa en vigor, contenida en el artículo mil cuatrocientos ochenta y cuatro del Código Civil, establece que si una propiedad en Ademús posee defectos no aparentes en el instante de la venta, el vendedor tiene la obligación de corregir esos problemas.

Estos defectos, conocidos como vicios ocultos, pueden ser tan graves que afectan el uso habitual del inmueble o disminuyen su valor de forma considerable, dando al comprador el derecho a demandar una reparación o incluso la anulación del contrato de adquiere.


Estos problemas pueden ser intrínsecos a la edificación, como podrían ser inconvenientes de humedad no visible, fallos en el sistema eléctrico o daños estructurales no evidentes.


La presencia de estos vicios ocultos puede entorpecer la plena disfrute de la propiedad y, en cierta medida, revelar que las condiciones pactadas y aceptadas por el comprador no concuerdan con la realidad ofrecida por el vendedor.

Reclamación casa en malas condiciones en Ademús

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Ejemplos vicios ocultos viviendas de segunda mano en Ademús

Aunque no hay un catálogo oficial de fallos no evidentes en residencias de segunda mano, se han identificado 5 tipos esenciales que se deben tener en cuenta:

Daños por agua:

Estos pueden incluir desde filtraciones hasta cañerías en mal estado, afectando de manera directa la estructura y habitabilidad del inmueble.

Defectos en la estructura base:

Fisuras o grietas pueden surgir por una fundación deficiente o el desgaste natural, lo que puede llevar a inconvenientes auxiliares como filtraciones.

Imperfecciones en los acabados:

Estas se pueden esconder fácilmente y pueden incluir desde pintura hasta defectos en los suelos o moblaje.

Aislamiento inadecuado:

Problemas derivados de una mala instalación o desgaste de materiales de aislamiento pueden afectar el confort en la residencia.

Anomalías en la instalación eléctrica:

Errores en la instalación o fallos en los puntos de energía pueden ser bastante difíciles de identificar y si bien su solución puede ser sencilla, representan una molestia considerable. Estos fallos subyacentes son prueba de que la vivienda adquirida en Ademús no cumple con lo prometido por el vendedor.

Empieza la reclamación por defectos ocultos en casa en Ademús

Procedimiento para reclamar vicios ocultos en compraventa en Ademús

Cuando adquieres un inmueble en Ademús y descubres algún desperfecto, tienes la opción de interponer una acción legal por defectos no evidentes.

Es vital recordar que dispones de seis meses tras la recepción de la propiedad para presentar tu queja. En el caso de propiedades recién construidas, este periodo se extiende hasta dos años para formalizar la reclamación.


Para proceder con una protesta por defectos no visibles, el proceso es directo pero debe seguir ciertos pasos. Aquí te explicamos de qué manera proceder:


Primero, es esencial determinar si el inconveniente es resultado de un error constructivo o se debe a un mal uso por la parte del adquirente. Por esto, es conveniente obtener un diagnóstico de un experto que pueda identificar la causa del inconveniente en la vivienda en Ademús.


Tras verificar que el problema corresponde a un defecto no visible, se debe informar al vendedor del daño detectado a través de una comunicación escrita en el plazo citado.


Existen dos posibles desenlaces: que el vendedor reconozca la reclamación y remedie el fallo, o que la rechace y sea preciso asistir a la mediación del Instituto Oficial de Aparejadores y Arquitectos. Si aún con un nuevo dictamen el vendedor se niega a actuar, procederá llevar el caso ante la justicia.

Requisitos para reclamación de vicios ocultos vivienda

Es esencial entender que no todos y cada uno de los problemas que uno puede descubrir en una propiedad recién adquirida califican para una reclamación por vicios ocultos. Para que un defecto sea reclamable bajo esta categoría, debe cumplir con ciertos criterios: Primero, el problema en cuestión ha de ser auténticamente un vicio oculto, lo que significa que no fue detectado por el comprador en el momento de la compra.

Si el comprador estaba al tanto del problema, entonces no se considera un vicio escondo reclamable.
Además, la gravedad del defecto es un factor determinante. Solo aquellos de significativa magnitud que, de ser conocidos por el comprador con cierta antelación, habrían impedido la venta o habrían modificado el costo de compra, son considerados como vicios ocultos. Es esencial que la imperfección ya existiese antes que se efectuara la compra y venta.

Si el defecto surgió posteriormente o si no se puede establecer claramente que el problema era preexistente, es probable que la reclamación no prospere.
La responsabilidad de probar la existencia del vicio escondo recae sobre el comprador. Debe ser capaz de demostrar que el inconveniente ya estaba presente antes de la firma del contrato de compraventa. Sin esta prueba, el vendedor podría no ser considerado responsable del defecto.

Por lo general, para establecer la existencia y antigüedad del problema, se precisa de un informe técnico profesional que evalúe la severidad del defecto y su presencia antes de la transacción.
Es vital rememorar que el plazo para presentar una reclamación por vicios ocultos es de seis meses desde la data de entrega del bien. En este semestre, el comprador debe proceder legalmente para pedir la reparación del bien. Pasado este periodo, el derecho a demandar por defectos ocultos expira.

¿Qué cuerpo legal aborda los vicios ocultos en Ademús?

La normativa aplicable a los defectos no manifiestos en la compra y venta de inmuebles se encuentra dispersa en diversas disposiciones legales:

Defectos ocultos en viviendas en Ademús en el marco legal

El artículo 1484 del Código Civil establece que, frente a la presencia de daños significativos no evidentes al instante de la compra, el comprador tiene derecho a exigir una reparación adecuada de los mismos o, en casos determinados, la anulación del pacto de adquiere anteriormente establecido.

Precedentes legales sobre defectos no evidentes

Por otra parte, el establecimiento de la existencia de un defecto no evidente debe apegarse a determinados criterios fijados por la jurisprudencia. Los tribunales han sentado precedente en que las imperfecciones que menguan la calidad y condiciones del inmueble con relación a lo acordado contractualmente, se consideran como defectos no evidentes siempre y cuando estos ya estuviesen presentes en el instante de realizar el contrato de compraventa en Ademús.
Solicita una consultoría gratuita y de manera rápida te contactará un especialista de nuestro equipo. Puedes manejar todo el proceso desde tu domicilio, mandando la documentación y explicando tu caso a nuestros profesionales. Los defectos ocultos son potenciales riesgos para tu familia y para ti.

En Reclamarviciosocultosvivienda.es, empleamos tecnología de punta y vasta experiencia para identificar cualquier inconveniente en tu casa. No dejes pasar más tiempo. ¡Contáctanos y descansa sabiendo que tu hogar está seguro!

Carga del constructor por defectos ocultos en la vivienda.

En la ejecución de una obra de construcción intervienen múltiples actores, tanto individuos como entidades. Por tanto, para esclarecer la responsabilidad de cada uno en el caso de daños en la estructura, es preciso examinar su rol en el proyecto. En este artículo nos enfocamos particularmente en las obligaciones del constructor ante daños en la edificación. La promulgación de la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE), fechada el 5 de noviembre de 1999 y publicada en el BOE al día siguiente, define el marco de responsabilidad civil de todos y cada uno de los agentes implicados en la construcción por defectos o vicios en la misma. Dicha ley se complementa con una serie de seguros obligatorios que cubren daños materiales o fianzas, con el fin de asegurar la compensación por los perjuicios causados en la estructura.

Deficiencias ocultas en propiedades para alquilar en Ademús

Si es propietario de un inmueble en alquiler y su inquilino le informa de la existencia de defectos no aparentes tras múltiples meses de ocupación, exigiendo la terminación del contrato y una compensación económica, puede preguntarse: ¿Tiene fundamentos para esta demanda? Ahora, le explicamos cómo se manejan estas situaciones.

Defectos no aparentes y alquiler

Condición del inmueble. Antes de especificar el alquiler de un local, el potencial arrendatario debe efectuar una inspección minuciosa (incluyendo conexiones y servicios, entre otros) del mismo. Nota: En el caso de locales comerciales, se espera que los inquilinos, considerados profesionales en su campo, ejerciten una diligencia mayor en el examen y supervisión del sitio en comparación con los particulares que alquilan viviendas en Ademús para uso propio. Defectos no aparentes. Sin embargo, si los defectos no perceptibles (esos que no se advierten fácilmente y pueden surgir con el uso progresivo del local) se hacen presentes, se les da el mismo tratamiento que a una compra y venta. Nota: El arrendatario tiene un período de seis meses para identificarlos y obrar en consecuencia, ya sea para solicitar su reparación al cargo del arrendador, o para proceder con la rescisión del contrato y la devolución de los importes abonados. Veamos cómo proceder.

¿Cuál es su responsabilidad?

Condiciones. Para que se active esta responsabilidad, se deben cumplir varios requisitos: Invisible. Un daño o deterioro de las instalaciones, elementos estructurales, etc., que no era apreciable o de manera fácil detectable. Preexistencia. Esto es, que el defecto ya estuviera presente ya antes de firmar el contrato, si bien se manifieste más tarde. Inutilizabilidad. Que el defecto impida el uso total o parcial del local para el fin acordado. ¡Importante! No cualquier daño o fisura es suficiente. Además de esto, las reparaciones menores necesarias para amoldar el local a la actividad específica corren por cuenta del inquilino. Notificación a tiempo. El arrendatario debe informar sobre la existencia del defecto dentro de los primeros seis meses (desde la firma del contrato) para obligar al dueño a responder. ¡Esencial! Si se supera este tiempo, la reclamación por defectos no aparentes pierde valía y debe resolverse de otra manera. Defectos conocidos. Si como arrendador era consciente de algunos desperfectos al instante de arrendar en Ademús, tiene la obligación de informar al nuevo inquilino para que estos no se consideren defectos no aparentes. Nota: Es común que, aprovechando la necesidad del inquilino de adecuar el local, se incluyan los desperfectos en el contrato de alquiler en Ademús y se acuerde que la reparación será responsabilidad del inquilino a cambio de determinadas concesiones, como un periodo sin pago de alquiler, por poner un ejemplo.

¿Qué puede demandar el arrendatario?

Resolución. Si se cumplen las condiciones mentadas, el inquilino puede optar por la rescisión del contrato. En tal caso, como arrendador, usted estaría obligado a reembolsar todas y cada una de las cantidades abonadas desde la aparición del defecto o vicio, incluyendo la fianza, los gastos de formalización del contrato y los daños a sus posesiones. ¡Atención! Usted es responsable por los defectos no aparentes aun si no tenía conocimiento de ellos. Sin embargo: Su inquilino solo podrá exigir una compensación si logra demostrar que usted estaba al tanto de los defectos y actuó con mala fe al ocultarlos. Por tal razón, si los conoce, lo más prudente es señalarlos por adelantado y pactar su arreglo. Además, el inquilino debe comprobar los daños sufridos para poder establecer la cantidad de la compensación solicitada.

¿Cuánto tiempo hay disponible para hacer reclamos sobre defectos ocultos en una vivienda en Ademús?

De acuerdo con lo precripto en el artículo 1484 del Código Civil, el periodo estipulado para presentar reclamaciones por defectos no evidentes en inmuebles de segunda mano es de 6 meses. Este intervalo de tiempo se comienza desde la data en que se realiza la entrega de la propiedad. Para viviendas en Ademús de reciente edificación, el marco temporal para presentar semejantes reclamaciones puede extenderse hasta un par de años.

Alguien me quiere procesar por defectos no manifiestos en una vivienda, ¿cuál es mi mejor curso de acción?

Para que puedas ser objeto de una demanda, se deben cumplir 3 condiciones esenciales. Antes que te encares a un proceso legal dentro de los plazos estipulados, verifica que la demanda sea admisible. No se cataloga como defecto oculto aquel que el comprador, debido a su especialización o actividad profesional (como carpintero, electricista, fontanero, etc.), tenía la capacidad de identificar. El defecto ha de ser preexistente a la operación de compra-venta, si bien se manifieste más adelante. El defecto escondo ha de ser significativo. Se considera que lo es si afecta negativamente la funcionalidad del inmueble o si reduce su valor de forma considerable, tanto que, si se hubiera tenido conocimiento de ello, no se habría efectuado la compra o se habría acordado un costo menor. Además, antes que la situación escale a una denuncia, existen maneras de prevenirla: Fomenta la colaboración con la otra parte: puedes encargar un dictamen a un experto, ya sea un arquitecto técnico o un ingeniero. Asimismo, es conveniente tener un diálogo con el comprador para que te detalle los inconvenientes y daños que ha percibido, estableciendo un margen temporal para su resolución. Posiblemente tenga razonamientos válidos y que se pueda llegar a un acuerdo sin precisar asistir a la justicia. La mediación: el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos de tu localidad puede actuar como intercesor entre ambos, eludiendo así el proceso judicial. En en el caso de que el conflicto se judicialice: es fundamental que defiendas tu postura. Si estás seguro de tu posición, presenta evidencias que prueben que el defecto no estaba presente ya antes de vender tu propiedad o que los daños son menores a los que aduce la otra parte. Ten presente los tres criterios que definen un defecto escondo y úsalos en tu favor.

¿Tengo facultad para reclamar defectos en una vivienda comprada entre particulares?

Como se ha indicado anteriormente, la regulación de las transacciones entre particulares recae bajo el Código Civil. Para proceder con una denuncia por defectos no evidentes en semejantes circunstancias, hay que proseguir una serie de pasos esenciales. Te explicamos de qué forma proceder para demandar por defectos no evidentes, ya sea en una propiedad inmobiliaria o en un automóvil cuando la venta se ha realizado entre particulares.

#1 Detección del defecto no evidente:

Es crucial identificar y documentar con precisión el defecto no evidente. Esto podría ser desde un inconveniente estructural en una propiedad hasta un fallo mecánico en un automóvil. Es esencial demostrar que el defecto preexistía a la adquisición, por lo que será necesario compilar pruebas como facturas, fotografías y otros documentos relevantes.

#2 Verificación de los plazos legales:

Resulta imperativo estar al corriente de los plazos legales actuales para iniciar cualquier procedimiento legal. Es crucial recordar que, en el caso de la adquisición de artículos de segunda mano entre particulares, se dispone de un periodo de seis meses desde la adquisición para realizar la reclamación.

#3 Comunicación con el vendedor:

Es preciso informar al vendedor de forma fehaciente sobre el hallazgo del defecto no evidente y la intención de activar la acción pertinente. Se recomienda que esta comunicación se realice por un procedimiento que asegure constancia de la recepción, como podría ser a través de correo certificado.

#4 Análisis de soluciones:

En esta fase, se deben sopesar las soluciones posibles para remediar la situación, dependiendo de la acción legal que se pretenda ejercitar. La resolución puede variar desde la corrección de los defectos por parte del vendedor hasta la terminación del contrato. Existen tres vías legales a considerar: La acción redhibitoria o de resolución: busca la anulación del contrato y la restitución del importe pagado. La acción quanti minoris: busca una disminución en el coste de adquiere debido al defecto no evidente. La acción de saneamiento: requiere que el vendedor corrija los defectos identificados.

#5 Busca de acuerdo o mediación:

Se sugiere procurar primero una negociación amistosa con el vendedor para solucionar el conflicto. Si no se alcanza un acuerdo, la mediación se plantea como una opción alternativa más veloz y menos costosa que el litigio judicial.

#6 Acción legal:

De no llegar a un arreglo mediante la negociación o la mediación, queda la vía de empezar una acción legal, presentando una demanda ante la instancia judicial adecuada y recurriendo a la acción más conveniente: redhibitoria o de resolución, quanti minoris o de saneamiento.

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